006 14 Contraprestacion Prevalidacion De Pedimentos
CCCKJKJIKJKJBoKJKJBoCOMERCIO EXTERIOR
006-14- Prevalidación.
MODIFICACION
REGLA
1.8.3
CONTRAPRESTACION
POR
SERVICIO
DE
PREVALIDACION
Y
ADICION
DEL
LA CONTRIBUCION
“CNT”
En
relación
a
la
modificación
a
la
Regla
1.8.3.
publicada
en
la
Séptima
Resolución
de
Modificaciones
a
las
Reglas
de
Carácter
General
en
Materia
de
Comercio
Exterior
(RCGMCE)
para
2013
y
sus
anexos
glosario
de
definiciones
y
acrónimos,
1,
4,
22,
24
y
29,
en
el
Diario
Oficial
de
la
Federación
del
27
de
febrero
de
2014,en
la
cual se
adiciona
la
siguiente
informacion:
Para
los
efectos
del
último
párrafo
del
artículo
16-‐A
de
la
Ley,
el
aprovechamiento
que están
obligadas
a
pagar
las
confederaciones,
cámaras
empresariales
y
asociaciones
autorizadas,
por
la
prestación
del
servicio
de prevalidación
electrónica
de
datos,
incluida
la
contraprestación
que
se
pagará
a
estas
últimas
por
cada
pedimento
que
prevaliden
será
de
$210.00, la
cual
se
pagará
conjuntamente
con
el
IVA
que
corresponda,
debiéndose
asentar
el
monto
correspondiente
al
aprovechamiento
y
a
la contraprestación
por
separado
en
el
bloque
denominado
“cuadro
de
liquidación”,
al
tramitar
el
pedimento
respectivo
mediante
efectivo o
cheque
expedido
a
nombre
de
la
confederación
o
asociación
de
que
se
trat.
Asimismo
en
base
a
la
modificación...
Regístrate para leer el documento completo.