1295
El cambio inicia desde su propio nombre pues modifica el antiguo “Sistema General de Riesgos Profesionales” por el de “Sistema General de Riesgos Laborales”, al considerarque el término laborales es más comprensivo pues es inherente al trabajo, en contraste con el término profesionales, que hace referencia a aquellos que ostentan una profesión.
Igualmente, la nuevaLey de la República incluye varias modificaciones al artículo 13 del Decreto Ley 1295 de 1994, relativo a los obligados y voluntarios a pertenecer al sistema, como por ejemplo, la obligación deafiliarse al mismo por parte de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles,comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.
Asimismo, se incluyen las definiciones deAccidente de Trabajo y de Enfermedad Profesional, que en principio desarrollaba el Decreto 1295 de 1994 pero que fueron declaradas inexequibles por la Corte Constitucional mediante sentencia C-858 de2006.
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Acaba de sancionarse la Ley 1562 de 2012, que amplía y moderniza el Sistema de Riesgos Laborales. La norma precisa que será obligatoria laafiliación al Sistema de los trabajadores independientes que tengan un contrato formal de prestación de servicios superior a un mes, así como de aquellos trabajadores independientes que laboren enactividades de alto riesgo, en este caso el pago de sus aportes también será por cuenta del empleador, tal y como ocurre con los trabajadores dependientes.
También deberán afiliarse los estudiantes en...
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