14 De Agosto De 2011

Páginas: 22 (5386 palabras) Publicado: 18 de septiembre de 2011
Diferencia entre error de tipo y prohibición en la dogmatica hispanoamericana
En este caso veremos 3 países con causales de erro y prohibición que son España, argentina y costa rica
A. Introducción
Las concepciones dogmáticas alemanas de la teoría del error han sido asimiladas en España, Argentina y Costa Rica de distinta forma, lo cual es constatable en cada caso con la simple lectura delas normas jurídicas de cada país. Los aspectos fundamentales de la discusión dogmática, sin embargo, corresponden en los tres países citados, a la discusión que en torno al tema ha tenido lugar en Alemania. Lo anterior no sorprende, pues los fundamentos dogmáticos de la teoría del error se encuentran precisamente en la dogmática alemana. En el presente análisis se parte, como premisametodológica, de la norma legal respectiva para luego hacer un análisis teórico de la problemática.
B. Teoría española del error
1. Artículo 14 del Código Penal español
(1) El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción serácastigada, en su caso, como imprudente.
(2) El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
(3) El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.
2. Fundamento y origen del tipopenal
El artículo 14 del Código Penal español tiene su origen en el artículo 6 bis del Código Penal de 1983 No obstante, el legislador modificó la redacción del artículo, por lo que fue sustituido el concepto de "elemento esencial integrante de la infracción penal" por el concepto de "un hecho constitutivo de la infracción pena!'. El legislador pretendió con eso eliminar algunas lagunas legales,como por ejemplo, el error sobre un hecho que califica la infracción penal, o sobre circunstancias agravantes, Anteriormente no había en España ningún tipo penal que regulara el error, La opinión mayoritaria, diferenciaba tradicionalmente entre error facti (error de hecho) y error iuris (error de derecho). Dicha diferenciación se encuentra presente en la antigua jurisprudencia, El Tribunal Supremoespañol señaló la falta de una regulación específica y rechazó la diferenciación entre error facti y error iuris, En los últimos años han sido reconocidas por el Tribunal Supremo las dos categorías de error de tipo (Tatbestandsirrtum) y error de prohibición (Verbotsirrtum), cuyo origen claramente se encuentra en la dogmática alemana. Es claro que el legislador español se basó en la regulaciónalemana al establecer la normativa del error en España, se evidencia en la distinción fundamental entre error de tipo y de prohibición, la cual corresponde a la decisión del legislador alemán

3. Comparación entre el artículo 14 del Código Penal español y los artículos 16 y 17 del StGB
Mientras que en el Derecho alemán el error de tipo y de prohibición se encuentran regulados en dos tipospenales diferentes, el Código Penal español contiene ambos institutos en un único tipo penal, el cual se encuentra dividido en distintos incisos. La opinión dominante sostiene que el artículo 14, inciso 1) del Código Penal español, contiene el error de tipo. De acuerdo con la jurisprudencia, el error de tipo se ubica en el plano de la descripción legal de la conducta típica (Tipicidad) en relacióncon el conocimiento del dolo, mientras que el error de prohibición se ubica en el ámbito de la culpa
3.1 Error de tipo
El artículo 16 del StGB regula el error sobre las circunstancias del hecho, esto es la realización del tipo objetivo, sin que el autor tenga conciencia de ello, en tal caso no puede ser sancionado por el delito cometido a título de dolo, pero puede ser sancionado por la...
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