72 de 2009 nov 11 2009
ASAMBLEA NACIONAL
LEGISPAN
LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY
72
Número:
Referencia:
Fecha(dd-mm-aaaa): 09-11-2009
Año: 2009
Titulo: QUE REFORMA LA LEY 8 DE 2000 Y LA LEY 33 DE 2000, QUE REGULAN LA MICRO,
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL
Gaceta Oficial: 26404
Publicada el: 11-11-2009
Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO,DER. COMERCIAL, DER. ECONÓMICO
Palabras Claves: Pequeñas y medianas empresas, Comercio e industria, Empresas unipersonales,
Microempresas, Corporaciones, Importaciones-Exportaciones, Libertad de
comercio
Páginas:
11
Rollo: 570
Tamaño en Mb:
Posición:
173
0.572
TEL.:212-8496 - EMAIL:LEGISPAN@ASAMBLEA.GOB.PA
WWW.ASAMBLEA.GOB.PA
LEY 72
De 09 de noviembre de 2009
Que reforma la Ley8 de 2000 y la Ley 33 de 2000,
que regulan la micro, pequeña y mediana empresa
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. El artículo 1 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 1. Se crea la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en
adelante la Autoridad, como entidad autónoma del Estado, con patrimonio propio,
rectora en materia de la micro, pequeña y mediana empresa, y responsable degenerar
las condiciones para el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, por su
carácter multisectorial y capacidad de generar empleo.
La Autoridad estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la
República, de acuerdo con la Constitución Política de la República y las leyes.
Artículo 2. El artículo 2 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 2. La Autoridad tiene comofinalidad fomentar el desarrollo de la micro,
pequeña y mediana empresa, para promover empleo decente y productivo, a través de
la creación de empresas sostenibles y el incremento sustantivo de la competitividad y
productividad de las empresas existentes. Para tal efecto, la Autoridad deberá ejecutar
la política nacional de estímulo y fortalecimiento del sector de la MIPYME, por medio
de programas yproyectos orientados a ampliar y mejorar el mercado de servicios
financieros y no financieros para estas unidades económicas.
Artículo 3. El artículo 4 de la Ley 8 de 2000 queda así:
Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley, los siguientes términos se definen así:
1.
Asociación estratégica. Unión permanente o temporal entre empresas con el fin
de fortalecerlas.
2.
Emprendedores. Personasque persiguen un beneficio trabajando individual o
colectivamente, mediante sus creaciones, innovaciones y otras formas de crear o
identificar las oportunidades de negocios.
3.
Entidades de segundo piso. Entidades financieras que otorgan créditos y otros
servicios a las entidades microfinancieras de primer piso, para que estas
otorguen microcréditos a las MIPYMES.
4.
Entidadesmicrofinancieras. Operadoras de primer piso que brindan
directamente el servicio microfinanciero a personas naturales o jurídicas del
sector de las micro y pequeñas empresas.
5.
Fondo
de
Fomento
Empresarial.
Fondo
destinado
al
fomento
del
emprendimiento empresarial, a la creación de empresas, al fortalecimiento de las
empresas existentes, a la promoción de las microfinanzas y a la asistencia
G.O.26404
técnica y capacitación para las MYPES e instituciones financieras y no
financieras.
6.
Incubadora de empresas. Centro dotado de instalaciones y servicios no
financieros para facilitar la gestación de empresas.
7.
Microcrédito. Crédito de pequeña cuantía concedido a personas con negocio
propio de pequeña escala, reembolsado principalmente con el producto de las
ventas de bienes y serviciosdel mismo. Estos créditos son otorgados utilizando
metodologías crediticias especializadas de intenso contacto personal para, entre
otros fines, evaluar y determinar la voluntad y capacidad de pago del potencial
cliente.
8.
Microfinanzas. Prestación de servicios financieros a personas o grupos cuyo
acceso a los sistemas bancarios tradicionales es limitado o inexistente en virtud
de su condición...
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