ABOGADO

Páginas: 12 (2864 palabras) Publicado: 13 de septiembre de 2013


Señores
CENTRO DE SERVICIOS JUZGADOS PENALES
Sistema Penal Acusatorio.
Ciudad.-

REF. CUI : 110016000000201101130
IMPUTADO: JOSE NAPOLEON RODRIGUEZ

Asunto. INTERPONIENDO Y SUSTENTANDO EL RECURSO DE REPOSICION. Y SE DECRETE UNA NULIDAD.

JOSE LUIS CASTRO MACHUCA, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, paso a su despacho para interponer ysustentar dentro del término legal, el recurso de reposición contra el auto suyo del día 22 de marzo del presente año, pero solo notificado personalmente el 9 de abril, donde fija fecha para fijación de audiencia inicio juicio Oral.

Pretendo que se revoque el auto de reposición, por lo siguiente:

ANOTACIÓN PREVIA.

Ha de advertir la defensa, en consideración, que para esta clase denotificaciones fuera de audiencia, debe aplicarse el artículo 25 de la ley 906 de 2004, Normas de Integración, C.P.C., y ley 600 de 2000, por cuanto trae la figura de notificación personal y ejecutoria de los mismos.


FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

1.- Su despacho ha fijado fecha para la iniciación del Juicio Oral, el día 2 de mayo de la presente anualidad, fecha en la cual no haquedado debidamente ejecutoriado dicho auto, queda en firme tres días después de notificada la providencia o auto, si no se han interpuesto los recursos legalmente procedente, de acuerdo al artículo 187 de la ley 600 de 2000. AL PRIVADO DE LA LIBERTAD NO SE LE HA NOTIFCADO PERSONALMENTE.

Interpuesto el recurso, deberá dársele el trámite del artículo 189 de la ley en cita, inciso segundo.2.- Es legamente procedente notificar dicho auto o providencia de manera personal, de acuerdo al artículo 176 de la ley 600 de 2000 : “…la que señala día y hora para la celebración de la audiencia pública…”

Debe notificar en forma personal a las partes intervinientes, imputado o acusado privado de la libertad, ministerio publico y fiscalía cuando actúe como sujeto procesal, defensor, yluego de quede ejecutoriado el auto se mantendrá la fecha que fija el inicio del Juicio Oral, siempre y cuando no sea recurrido, comoquiera que las notificaciones no se ha hecho en estrados, tal como indicia el artículo 168 de la ley 906 de 2004.

Mi cliente están privado de la libertad, lo que no se llevó a cabo el trámite del artículo 184 de la ley 600 de 2000.

3.- Comoquiera que lafijación de fecha no se ha hecho en Estrados, sino personalmente, debo entonces interponer y sustentar el recurso de reposición, con el trámite en forma de la notificación personal, conforme al artículo 176 y 169 inciso final de la ley 906, porque dicho auto tiene “vocación de Impugnación…”. Que de manera excepcional se hará la notificación mediante…., pero esa excepción aquí no ha existido.Entiende la defensa de acuerdo al inciso tercero del art. 169, que la excepción es cuando la persona no está privada de la libertad, los demás se hará en estrado.

Mientras no se realice el trámite de notificación y el auto no quede en firme, no puede realizarse la audiencia para el juicio Oral. No surtirá efectos hasta que no se notifique, que para el caso concreto, debe llevarse a cabo enforma personal. (Concordancia, Art. 313 inciso segundo C.P.C.)

Y precisamente el artículo 171 de la ley 906 de 2004, dispone que las citaciones en los trámites especiales, como en el presente caso, “ deberá citarse oportunamente a las partes, testigos, peritos y demás personas que deban intervenir en la actuación” . Pero, su señoría está citando para el juicio Oral sin la presencia de lostestigos, no es válido, porque solo se instalaría, lo que hace pensar que solo será la instalación e inicio lo que se violaría el principio de concentración, ..

Como norma de integración, coincidencialmente el artículo 176 de la ley 600 de 2000, nos habla de las providencias que deben notificarse personalmente, entre ellas se encuentra “… la que señala día y hora para la celebración de la...
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