Abogado

Páginas: 62 (15390 palabras) Publicado: 15 de marzo de 2013
Sentencia T-517/06

ACCION DE TUTELA-Procedencia contra compañía aseguradora

ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Procedencia excepcional/ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Casos en que procede

INDEFENSION-Inexistencia o ineficacia de medios de defensa para contrarrestar amenaza o vulneración de derechos fundamentales

INDEFENSION-Análisis relacional por parte de juezconstitucional en caso concreto

ACCION DE TUTELA CONTRA COMPAÑIA DE SEGUROS-Solicitud debe involucrar protección de un derecho fundamental no solo aspectos pecuniarios

ACCION DE TUTELA CONTRA COMPAÑIA DE SEGUROS-Situación de indefensión material/INDEFENSION-Situación de carácter fáctico

LIBERTAD CONTRACTUAL-Límites constitucionales en actividades declaradas de interés publico por laConstitución/ACTIVIDAD ASEGURADORA-Interés público

La Constitución reconoce la libertad contractual y la autonomía privada en materia de contratación y este principio se aplica a la actividad aseguradora. Sin embargo, hay que tener en consideración que según el art.335 de la Constitución “Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversiónde los recursos de captación a las que se refiere el literal d) del numeral 19 del artículo 150 son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley, la cual regulará la forma de intervención del Gobierno en estas materias y promoverá la democratización del crédito”. Esto significa que la libertad contractual en materia de seguros, por ser de interéspúblico se restringe cuando están de por medio valores y principios constitucionales, así como la protección de derechos fundamentales, o consideraciones de interés general. Hay que tener en cuenta que la prevalencia del interés general o público es uno de los principios que fundamentan el Estado Social de Derecho conforme al artículo 1° de la Constitución Política. La Constitución no hacalificado la actividad financiera como un “servicio público sino como de “interés público”. Según la Corte Constitucional decir que la actividad financiera es de “interés público” significa que “esta actividad debe buscar el bienestar general. Si bien no hay definición constitucional ni legal sobre “interés público” es un concepto que conlleva atender el interés general o el bien común, y no solo teneren cuenta consideraciones de interés patrimonial. Por tanto, no es aceptable a la luz de los derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, o del derecho a la reparación de las víctimas, que la negativa a expedir una Póliza Judicial no se motive, o se fundamente exclusivamente en la libertad de contratar, o tenga como causa criterios no objetivos, o no razonables, o subjetivos.No es jurídicamente admisible darle efectos a la discrecionalidad absoluta respecto a si se otorga o no una Póliza de Seguros en tratándose de actividades de interés público que exigen tener en cuenta razones que conlleven la prevalencia del bien común, y protección de la parte débil, o que se encuentre en estado de indefensión, o cuando se trate de proteger un derecho fundamental.

ENTIDADASEGURADORA-Límites a libertad de expedir o no cauciones ordenadas por los jueces

En tratándose de la actividad aseguradora las Compañías de Seguros tienen la libertad de expedir o no cauciones ordenadas por los jueces. Sin embargo, la negativa debe ser motivada por razones objetivas derivadas del estudio del riesgo y no por consideraciones subjetivas, o que no respondan a criterios derazonabilidad o proporcionalidad. Cuando se produce una tensión entre la libertad de contratación y derechos constitucionales fundamentales como el acceso a la administración de justicia, o el derecho a la reparación de las víctimas de un delito, deben prevalecer estos derechos. Por otra parte, no puede perderse de vista que en actividades de interés público no se puede atender exclusivamente a...
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