Acuerdo Que Prohíbe Marranadas Medellín
y se dictan otras disposiciones.
El Concejo de Medellín
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Constitución política, artículo313, la ley 136 de 1994 y la Ley 84 de 1989
Acuerda:
ARTÍCULO 1: A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, queda prohibido en el Municipio de Medellín, el sacrificio de especiesmayores como caprinos, bovinos, vacunos y caballares y menores como porcinos en la vía pública y predios privados no autorizados.
El sacrificio de animales destinados al consumo humano se debe realizaratendiendo las normas sanitarias pertinentes y en los centros de faenado aprobados por La Administración Municipal.
ARTÍCULO 2: ARTÍCULO SEGUNDO: En cuanto a las otras especies menores para elconsumo humano, el Municipio de Medellín a través de las Secretarías del Medio Ambiente, Cultura Ciudadana y Educación, utilizando la educación no formal e informal, realizarán campañas masivas deeducación ciudadana sobre el respeto a los derechos de los animales y sobre los métodos y formas adecuadas de sacrificio de estas especies, en las cuales se garanticen procedimientos con el mínimo detratos crueles e innecesarios y el máximo de higiene y salubridad.
ARTÍCULO TERCERO. Las Secretarías de Medio Ambiente, Cultura Ciudadana y de Educación del Municipio desarrollarán programaseducativos para los establecimientos de educación de Medellín, tanto públicos como privados y para la comunidad en general, tendientes a promover el respeto y el cuidado de los animales, la difusión y elconocimiento de la Declaración de los derechos de éstos y de la Ley 84 de 1989, y se promueva la obligación de denunciar todo acto de crueldad cometido contra ellos (Ley 84 de 1989 artículos 2 y 4)....
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