Administrativo

Páginas: 5 (1002 palabras) Publicado: 25 de febrero de 2013
Resolución del caso 1 seminario II

He divido el caso en 4 partes:
1. Ciudadanos marroquíes residentes en España a 1/VI/10 comunican al Delegado del Gobierno de Madrid que van a realizar una manifestación-concentración en la Plaza de la Basílica el 6/VI/10, de 9 a 13h, con instalación de una haima, megafonía, mesas informativas, a la vez que se van a repartir panfletos en apoyo a la justiciareferida a la RASD.
2. A 4/VI/10, el Delegado del Gobierno de Madrid responde a la petición y alega que no da el consentimiento para que ésta se produzca por dos motivos:
• Considera que perturba los actos litúrgicos de la Basílica.
• Existen razones fundadas de que pueden producirse serias alteraciones del orden público, porque no era la primera vez que pasaba cada vez queestos mismos promotores realizaban una manifestación.
3. El 2/VII/10, los promotores interpusieron un recurso contencioso-administrativo especial para la protección de los derechos fundamentales, alegando la vulneración de los derechos y libertades de reunión y manifestación que , como extranjeros, gozan con plenitud en territorio español en aras de los art.13 y 21 de la Constitución Española.4. El Abogado de Estado alega en su defensa que en esta situación no se puede hacer uno de la vía procesal para la protección de los derechos fundamentales, dado que los extranjeros no tienen reconocidos los derechos políticos en España, y además la resolución del Delegado del Gobierno está suficientemente fundada.

Análisis de cada una de las partes:
• PARTE 1: los promotores de lamanifestación frente a los establecido en la LO 9/1983 en el art.8 “La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo.”, avisan de que van a realizar una concentracióncon anterioridad dentro del plazo establecido, así como a la autoridad gubernativa correspondiente, en este caso el Delegado del Gobierno de Madrid. De manera escrita se refiere al documento de comunicación, art.9 de dicha LO, que constará de: a) Nombre, apellidos, domicilio y documento oficial de identificación del organizador u organizadores o de su representante, caso de personas jurídicas,consignando también la denominación, naturaleza y domicilio de éstas ( promotores de la manifestación); b) Lugar, fecha, hora y duración prevista ( 6/VI/10 de 9 a 13h en la Plaza de la Basílica ); c) Objeto de la misma ( apoyo a la justicia internacional referida a la RASD ); d) Itinerario proyectado, cuando se prevea la circulación por las vías públicas ( no hay itinerario se van a permanecer allilas 4 horas ); e) Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten de la autoridad gubernativa.
• PARTE 2: Basándonos en la LO 9/1983 art.10 “Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponerla modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación. La resolución deberá adoptarse en forma motivada y notificarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde la comunicación prevista en el artículo 8.” El Delegado del Gobierno de Madrid alega dos razones por las cuales prohíbe la celebración de la manifestación 1) perturba los actos litúrgicos de laBasílica y 2) tiene razones fundadas de que puede producirse alteración del orden público debido a anteriores manifestaciones de los mismos promotores, que habían ocasionado estos episodios. Esta comunicación de prohibición se realiza dentro del plazo establecido ( 1/VI/10 al 4/VI/10 no habían pasado más de 72 horas.)
• PARTE 3: Los promotores de la manifestación no aceptaron la decisión e...
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