Ai Del Articulo 16 De La Cp Del Estado De San Luis Potosi

Páginas: 19 (4512 palabras) Publicado: 4 de marzo de 2013
|Universidad Anáhuac Mayab |
|Acción de Inconstitucional: Artículo 16 de la Constitución Política de S.L.P |
|Derecho Procesal Constitucional|
| |
|Ricardo Cruz Castillo, Félix González Rosado, Luis Jorge Mezquita Altamirano, Moisés Góngora Pérez. |
|28/02/2013|


|El motivo de este trabajo es la explicación de la acción de inconstitucionalidad del artículo 16 de la Constitución Política del estado de San |
|Luis Potosi. El punto medular es la violación a los artículos 1, 2, 3, 4, 16, 24, 40, 41, 128, 130 y 133. |

Elprecepto señala:

“Artículo 16. El Estado de San Luis Potosí reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción. Queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso.

No es punible la muerte dada al producto de la concepción cuando sea consecuencia de unaacción culposa de la mujer; el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación indebida; o de no provocarse el aborto la mujer corra peligro de muerte”.

Los promoventes de esta acción estiman que el precepto impugnado es violatorio de los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 16, 24, 40, 41, 128, 130 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Presidente de estaSuprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar y registrar el expediente relativo a la presente acción de inconstitucionalidad, a la que correspondió el número 62/2009 y designó al Ministro José Fernando Franco González Salas para actuar como instructor en el procedimiento.

El cómputo del plazo de treinta días naturales para promover la acción de inconstitucionalidad debe iniciarel día siguiente a aquél en que se publicó en el medio de difusión oficial la norma impugnada. De esta manera, el plazo de treinta días para ejercer esta vía inició el viernes cuatro de septiembre y concluyó el sábado tres de octubre de dos mil nueve, de conformidad con el artículo citado. Pero como cayó día inhábil se podrá presentar hasta el siguiente día hábil en este caso hasta ellunes 5 de octubre como así se realizó.

Legitimación: De esta forma, si veintisiete diputados equivalen al cien por ciento de los integrantes del órgano legislativo 57, resulta que el treinta y tres por ciento a que se refiere el inciso d) de la fracción II del artículo 105 constitucional es igual a nueve diputados 58. Por lo tanto, si la demanda de acción de inconstitucionalidad fue suscritapor doce integrantes del órgano legislativo, resulta que la acción se ejerció por el cuarenta y cuatro punto cuatro por ciento de los miembros del Congreso, número que excede el porcentaje exigido por el precepto constitucional mencionado.

Los promoventes consideran que el artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí es inconstitucional, por losmotivos que a continuación se sintetizan:

“La reforma impugnada genera diversas consecuencias, como identificar a la vida como fundamento de todos los derechos que corresponden a las personas físicas, la ampliación de la protección de la vida para incluir todo momento del proceso de gestación a partir de la concepción. Además, hay una inconsistencia en el texto que se aprobó y lo dicho...
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