Apuntes De Proceso
Artículo 686.- El proceso del derecho del trabajo y los procedimientos paraprocesales, se sustanciarán y decidirán enlos términos señalados en la presente Ley.
En las comparecencias, escritos, promociones o alegaciones, no se exigirá forma determinada; pero las partes deberán precisar los puntos petitorios. Artículo 687
De la capacidad y personalidad
Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones.Artículo 689.
Los menores trabajadores tienen capacidad para comparecer a juicio sin necesidad de autorización alguna, Artículo 691
Las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado. Artículo 692.
Siempre que dos o más personas ejerciten la misma acción u opongan la misma excepción en un mismo juicio deben litigar unidas y con unarepresentación común, salvo que los colitigantes tengan intereses opuestos. Artículo 697
De las competencias
Será competencia de las Juntas Locales de Conciliación y de Conciliación y Arbitraje de las Entidades Federativas, conocer de los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción, que no sean de la competencia de las Juntas Federales.
Las Juntas Federales de Conciliación y Federal deConciliación y Arbitraje, conocerán de los conflictos de trabajo cuando se trate de las ramas industriales, empresas o materias contenidas en los artículos 123, Apartado A fracción XXXI de la Constitución Política y 527 de esta Ley. Artículo 698
Artículo 700.- La competencia por razón del territorio se rige por las normas siguientes:
I. Si se trata de Juntas de Conciliación, la del lugar de prestación deservicios;
II. Si se trata de la Junta de Conciliación y Arbitraje, el actor puede escoger entre:
a) La Junta del lugar de prestación de los servicios; si éstos se prestaron en varios lugares, será la
Junta de cualquiera de ellos.
b) La Junta del lugar de celebración del contrato.
c) La Junta del domicilio del demandado.
III. En los conflictos colectivos de jurisdicción federal, la JuntaFederal de Conciliación y Arbitraje, en los términos del artículo 606 de esta Ley; en los conflictos colectivos de jurisdicción local, la del lugar en que esté ubicada la empresa o establecimiento;
IV. Cuando se trate de la cancelación del registro de un sindicato, la Junta del lugar donde se hizo;
V. En los conflictos entre patrones o trabajadores entre si, la Junta del domicilio del demandado; yVI. Cuando el demandado sea un sindicato, la Junta del domicilio del mismo.
Artículo 701.- La Junta de Conciliación y las de Conciliación y Arbitraje, de oficio deberán declararse incompetentes en cualquier estado del proceso, hasta antes de la audiencia de desahogo de pruebas, cuando existan en el expediente datos que lo justifiquen.
Artículo 705.- Las competencias se decidirán:
I. Por elPleno de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, cuando se trate de:
a) Juntas de Conciliación de la misma Entidad Federativa, y
b) Las diversas Juntas Especiales de la Junta de Conciliación y Arbitraje de la misma Entidad
Federativa.
II. Por el Pleno de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, cuando se trate de las Juntas
Federales de Conciliación y de las Especiales de la misma;entre si recíprocamente.
III. Por la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se suscite entre:
a) Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y
Arbitraje.
b) Juntas Locales y Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje.
c) Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de diversas Entidades Federativas.
d) Juntas...
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