audiencia del 101
Practica Numero ...
LOGO DEL TRABAJO
O
IMAGEN REPRESENTATIVA
DEL MISMO
(OPCIONAL)
Autores del Trabajo
La audiencia preliminar del articulo 101 del Código de Procedimiento Civil
Procesos ordinarios
Excepto
•los procesos de pertenencia.
Procesos abreviados
•servidumbre
•posesorios
•impugnación de actos de
asamblea de accionistas y de bienes vacantes y mostrencos
EXCEPTO
•el proceso de entrega
•Rendición provocada y
espontanea de cuentas
•Parcialmente en el pago de
cuentas por consignación • la restitución de tenencia por
arrendamiento
La ley 160 de 2001
La ley 160 de 2001 no derogo el articulo
101 sino que dice que cuando ya se
hubiese pasado el tiempo de la audiencia sea o no requisito de procedilidad se dejara
atrás para pasar a la audiencia preliminar
del proceso.
Fijación y fecha de celebración
En el art 101 esta mal señala puesto que se dice que una vez contestada la demanda o la de reconvención si la
hubiere el juez citara a demandados y demandantes con
apoderado o sin este a audiencia de conciliación,
Pero en dado caso de que no hubiese contestación no
puede haber audiencia de conciliación
Asa que se entiende que esto hará referencia a los días
de traslado haya o no contestación se podrá fijar la fecha.
Para definir la fecha
En dado caso de la
inexistencia de
excepciones previas .
el decimo día siguiente al
vencimiento de traslado
de la demanda principal o de reconvención si la
hubiere.
Notificación del auto que señala la
fecha para la audiencia
•El auto se notifica por estado porque no esta taxativamente dicho en el articulo 314 donde señala las
notificaciones personales se da la explicación de dos
salas del tribunal de Bogotá.
• El auto para citar a la audiencia del articulo 101 que ...
Regístrate para leer el documento completo.