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Las fuentes del Derecho Financiero son aquellas que se generan de las normas jurídicas. Es decir “primarias y supletorias”.
Las primarias son laslegislaciones especializadas siendo las siguientes:
Ley de Instituciones de Crédito.
Ley del Mercado de Valores.
Ley del Banco de México.
Ley de Sociedades de Inversión.
Ley General deInstituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
Ley para Regular lasAgrupaciones Financieras .
En cuanto las legislaciones supletorias, el Derecho Financiero se ha caracterizado como un derecho cambiante, por lo que en ocasiones no están previstos por los legisladoresciertos hechos y no pueden ser resueltos mediante la aplicación de legislaciones especiales en la materia, por tanto y para colmar esas lagunas es que se resuelven a través de fuentes supletorias quepueden ser leyes, o bien, usos o prácticas bancarias y mercantiles.
3.3.- Fuentes primeras y supletorias en la legislación bancaria
Tomando en consideración la extensa legislación que existe enmateria bancaria y bursátil en el país, el primer problema que se plantea es el de determinar qué leyes tienen el carácter de Derecho Mercantil Especial y el de Derecho bancario en particular. Loanterior, refiere que se porque son pocos los preceptos que hacen referencia a las fuentes de Derecho y la supletoriedad en casos de conflicto.
De este modo, se hace referencia al artículo 2 de la LeyGeneral de Títulos y Operaciones de Crédito, mismo que pude orientar y dar luz en cuanto la aplicación supletoria, que para pronta referencia, se reproduce a continuación:
Artículo 2o.
Losactos y las operaciones a que se refiere el artículo anterior, se rigen:
I. Por lo dispuesto en esta Ley, y en las demás leyes especiales, relativas; en su defecto,
II. Por la Legislación...
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