Base Imponible
1) Por tributación conjunta
A. UF conyugal: 3.400 € anuales
Art. 84.2.3.y 4 LIRPF 2006
B. UF monoparental: 2.150 € anuales
No se aplica si hay convivencia conel otro progenitor
2) Aportaciones a sistemas de previsión social (I):
Partícipe
Discapacitado ( art. 53 y D.A. 10º LIRPF)
Cónyuge ( art. 51.7 LIRPF 2006)
LIMITES
Planes de pensionesGeneral:
1) El 30% de RTP + RAE
2) 10.000 € anuales
Para mayores de 50 años:
1) 50% de RTP + RAE
2) 12.500 € nuales
3) 5.000 € seguros colectivos de dependencia (desde 1-1-2013)
Aportacionesrealizadas por parientes:
10.000 € anuales
Aportaciones propio discapacitado:
24.250 € anuales
Límite conjunto:
24.250 € anuales
2.000 € anuales
Mutualidades de previsión social
Planes deprevisión asegurados
Planes de previsión social empresarial
Seguros privados de dependencia
REQUISITOS
Planes de pensiones
Aportaciones de:
- Partícipe
- Promotor
a)Imputación fiscal como RTP especie
b) Transmisión irrevocable
c) Contingencias contempladas LPFP
A favor de persona:
- Con discapacidad
- Física del 65%
- Psíquica superior al 33%
- Incapacidaddeclarada judicialmente
Cuando el cónyuge:
a) No obtenga rendimientos
b) Rendimientos inferiores a 8.000 €
Mutualidades de previsión social (art. 51.2 LIRPF)
a) No constituya gasto para RAE
b)Cubra contingencias Plan Pensiones
Planes de previsión asegurados
Planes de previsión social empresarial
Seguros privados de dependencia
Además: Cubrir exclusivamente riesgo dedependencia severa o gran dependencia
NORMAS COMUNES
1) Límite conjunto máximo de aportaciones
2) No se descuentan las aportaciones de las prestaciones
3) Disposición fines distintos: reposición dereducciones
4) Aplicación de la reducción con independencia de la forma de cobro de la prestación (renta o capital)
3) Aportaciones a sistemas de previsión social (II)
REQUISITOS
LIMITES...
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