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20.- Al reingresar a trabajar al régimen obligatorio ¿Se suspende el pago de la pensión de Invalidez,Cesantía en edad avanzada y/o Vejez?
No se suspende si en términos del artículo 123 de la Ley anterior y 114 de la vigente cumple con los siguientes requisitos:
a.- Para Invalidezde Ley 73, si ocupa un diverso salario y un puesto distinto a aquel que desempeñaba.
Para Invalidez en Ley 97, cuando el pensionado por invalidez desempeñe un trabajo o puestodiferente a aquel que desarrollaba al declararse la invalidez.
b.- Para Cesantía y Vejez de la Ley 73, cuando el ingreso sea con patrón distinto al que tenía al pensionarse y siemprey cuando hubiesen transcurrido seis meses de la fecha en que se haya pensionado.
Para Cesantía y Vejez de Ley 97, sólo se suspende la pensión garantizada y es siempre que sedesempeña un trabajo.
21.- ¿Cuánto tiempo se tiene después de la baja para tramitar la pensión por Cesantía en edad avanzada y/o Vejez?
La Ley establece que será inextinguible elderecho a solicitar el otorgamiento de pensiones y por lo tanto es imprescriptible en ambas leyes.
28.- ¿Qué pasa con mis recursos de la AFORE si tuve una pensión de Invalidez 73 o deCesantía o Vejez y seguí cotizando en forma posterior al Seguro Social?
Debe solicitar la devolución de recursos de AFORE.
30.- Si dejo de trabajar, ¿Qué aspectos debo decuidar para tener derecho a mi pensión?
Que su salario promedio de las ultimas 250 semanas cotizadas sea alto, que tengo mas de 500 semanas cotizadas y estar dentro de su periodo deconservación de derechos, en forma adicional verifique que su nombre se encuentre correcto tanto en su acta de nacimiento, como en su acta de matrimonio y en sus datos del IMSS.
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