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Páginas: 25 (6130 palabras) Publicado: 25 de febrero de 2014
SALA CONSTITUCIONAL
Magistrada Ponente: LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
Expediente N° 07-0559
El 21 de abril de 2007, las abogadas Rosángela Cordero Hernández, Carla Marie Salinas y Gladys M. Calles Ledesma, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 55.978, 90.498 y 92.448, respectivamente, actuando la primera con el carácter de Procuradora General del Estado Laray las que siguen en representación de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO LARA, solicitaron ante esta Sala la revisión constitucional de la sentencia N° 2006-01204 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 4 de mayo de 2006, que declaró: (i) su competencia para conocer de la consulta de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo dela Región Centro Occidental el 24 de octubre de 2005, que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional de carácter cautelar y, subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano Gaspar José Mujica contra la Comandancia General de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara; (ii) revocódicha decisión jurisdiccional, y (iii) ordenó remitir el expediente al Tribunal de origen a los fines que se pronunciara sobre el fondo del asunto.
 
En virtud de su reconstitución, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia quedó integrada de la siguiente manera: Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, Presidenta; Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, Vicepresidente y losMagistrados Pedro Rafael Rondón Haaz, Francisco Antonio Carrasquero López, Marcos Tulio Dugarte Padrón, Carmen Zuleta de Merchán y Arcadio de Jesús Delgado Rosales.
 
El 30 de abril de 2007, se dio cuenta en Sala del presente expediente y se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.
 
Revisados los recaudos que acompañan a lapresente solicitud, pasa esta Sala a decidir sobre la base de las siguientes consideraciones.
I
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN
Respecto de los basamentos jurídicos que sustentan la pretensión de revisión, señalan que “(…) la sentencia impugnada es ilegal, por cuanto viola las prerrogativas procesales de las cuales goza el estado Lara consagradas en los artículos 63, 70 y 84de la Ley de la Procuraduría General de la República, de las cuales gozan los Estados en razón de lo contenido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público”.
A modo de antecedente, señalan que “[en] el caso sub judice, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 22 de Marzo de 2006 recibe por error, enconsulta, de parte del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo (sic), el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad (sic) interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por el ciudadano Gaspar José Mujica (…) contra la Comandancia General de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara (…)”.

Que se “(…) procede a conocer de la consulta que por error le hasido propuesta, obviando lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, referente a la obligatoriedad de consulta a los Tribunales Superiores, de aquellas sentencias definitivas contrarias a la pretensión o defensa de la República (…)”.
 
Luego de hacer referencia sobre el criterio de la Sala plasmado en decisiones del 18 de febrero y 18 de mayo de2004, se afirma que “(…) la atribución de los privilegios procesales a favor de los entes públicos se basa en su función de representantes y tutores de interés general y, en consecuencia, de protectores del patrimonio que conforma la Hacienda Pública, cuya integridad no puede ser amenazada o perjudicada para la satisfacción de aquel interés y la exigencia de continuidad en la prestación de los...
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