Codigo de proteccion y defensa del consumidor
CAPÍTULO I
Derechos de los consumidores
Artículo 1º.- Derechos de los consumidores
Derecho a una protección eficaz respecto de los productos, Derecho a acceder a información oportuna, suficiente, veraz y
Fácilmente accesible, Derecho a la protección de sus intereses económicos y en particular contra las cláusulas abusivas, Derecho a lareparación o reposición del producto, Derecho a elegir libremente entre producto.
Artículo 2º.- Información relevante
El proveedor tiene la obligación de ofrecer al consumidor toda la
Información relevante para tomar una decisión, La información debe ser veraz, suficiente, de fácil comprensión.
Artículo 3º.- Prohibición de información falsa o que induzca a error al consumidor
Está prohibida todainformación o presentación u omisión de información que induzca al consumidor a error respecto a la naturaleza o origen.
Artículo 4º.- Información sobre la integridad del precio
Cuando el proveedor exhiba precios de los productos o servicios o los
Consigne en sus listas de precios. Los consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas o recargos adicionales al precio fijado
Artículo 5º.-Exhibición de precios o de listas de precios
Los establecimientos comerciales están obligados a consignar de manera fácilmente perceptible para el consumidor los precios de los productos en los espacios destinados para su exhibición. Los establecimientos que expenden comidas y bebidas y los servicios de
Hospedaje y hostelería están obligados a colocar sus listas de precios en el exterior,Artículo 6º.- Información de precios en moneda nacional y extranjera
Si el precio se anuncia en moneda extranjera, el proveedor está obligado a aceptar el pago en dicha moneda o en su precio equivalente en moneda nacional a elección del consumidor.
Artículo 7º.- Medio de pago
En caso de que el proveedor diferencie el precio del producto o servicio en función del medio de pago, como tarjetas decrédito u otros, dicha información deber ser puesta en conocimiento del consumidor, de manera destacada, en forma visible y accesible en el local o establecimiento comercial, a través de carteles, avisos u otros similares. En caso de incumplimiento del proveedor, los consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas adicionales, debiendo respetarse el precio fijado por el producto o servicio.Artículo 8º.- Información sobre productos manufacturados
Toda información sobre productos de manufactura nacional proporcionada a los consumidores debe efectuarse en términos comprensibles en idioma castellano y de conformidad con el Sistema Legal de Unidades de Medida.
Artículo 9º.- Información acerca de las limitaciones en el suministro de partes y accesorios
En el caso de la producción,fabricación, ensamble, importación, distribución o comercialización de productos respecto de los que no se brinde el suministro oportuno de partes los proveedores deben informar de tales circunstancias de manera clara e inequívoca al consumidor. De no brindar dicha información, quedan obligados y son responsables por el oportuno suministro de partes y accesorio.
Artículo 10º.- Información acerca de losproductos envasados
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 2º, los productos envasados
Ofrecidos al consumidor deben tener de manera visible y legible la información establecida en la norma sectorial de rotulado correspondiente
Es competencia del Indecopi fiscalizar el cumplimiento de los artículos
8º y 10º.
Artículo 11º.- Información sobre productos no originales o con defectos
Cuandose expende al público productos con alguna deficiencia o defecto, usados, reconstruidos o re manufacturados, debe informarse notoriamente esta circunstancia al consumidor.
Protección del consumidor frente a la publicidad
Artículo 12º.- Marco legal
La publicidad comercial de productos y servicios se rige por las normas contenidas en el Decreto Legislativo núm. 1044, Ley de Represión de la...
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