Codigo penal dominicano
Art. 3.- Las tentativas de delito no se reputan delitos, sino en los casos en que una disposición especial de la ley así lodetermine. Art. 4.- Las contravenciones, los delitos y los crímenes que se cometan, no podrán penarse, sino en virtud de una disposición de ley promulgada con anterioridad a su comisión. Art. 5.- Las disposiciones del presente Código no son aplicables a las contravenciones, delitos o crímenes militares. LIBRO PRIMERO De las penas en materia criminal y correccional y de sus efectos. Art. 6.- Laspenas en materia criminal son aflictivas e infamantes o infamante solamente. Art. 7.- Las penas aflictivas e infamantes son: 1o., la de 20 años de trabajos públicos y la de 30 años de trabajos públicos; 2o., los trabajos públicos; 3o., la detención; 4o., la reclusión. Art. 8.- Es pena infamante la degradación cívica. Art. 9.- Las penas en materia correccional son: 1o., el destierro; 2o., elconfinamiento; 3o., la prisión temporal; 4o., la interdicción por determinado tiempo de ciertos derechos cívicos, civiles o de familia; 5o., la multa.
Art. 10.- Las penas que pronuncia la ley para los crímenes, delitos y contravenciones se impondrán siempre, sin perjuicio de las restituciones y daños y perjuicios que puedan resultar en favor de los agraviados. Art. 11.- Son penas comunes a lasmaterias criminales y correccionales: la sujeción del condenado a la vigilancia de la alta policía, la multa y la confiscación especial del cuerpo del delito, cuando sea propiedad del condenado, la de las cosas producidas por el delito, y por último, la de aquellas que sirvieron para su comisión o que se destinaron a ese fin. CAPÍTULO I DE LAS PENAS EN MATERIA CRIMINAL Art. 12.- (Derogado). Art. 13.-(Derogado). Art. 14.- (Derogado). Art. 15.- Los hombres condenados a trabajos públicos se emplearán en los más penosos; y podrán ser encadenados de dos en dos, como medida de seguridad, cuando lo permita la naturaleza del trabajo a que se les destine. Art. 16.- Las mujeres condenadas a trabajos públicos se emplearán en los trabajos interiores de las cárceles y presidios. Art. 17.- La condenación atrabajos públicos, lleva consigo la privación de los derechos cívicos y civiles. Art. 18.- La condenación a trabajos públicos se pronunciará por tres años a lo menos y veinte a lo más. Art. 19.- Todo aquel que sea condenado a la detención, será encerrado en una de las fortalezas de la República, que hayan sido destinadas a ese efecto por disposición del Poder Ejecutivo. Art. 20.- Los condenados a ladetención, estarán en comunicación con las personas empleadas en el interior del lugar de la detención, o con las de fuera, observando los reglamentos de policía establecidos por disposición del Poder Ejecutivo. Art. 21.- La detención no podrá pronunciarse por menos de tres años, ni por más de diez.
Art. 22.- Toda persona de uno u otro sexo, condenada a la reclusión, será encerrada en lacárcel pública y empleada en trabajos, cuyo producto se aplicará en parte a su provecho, en la forma que lo determine el Gobierno. Art. 23.- La duración máxima de esta pena será de cinco años, y la mínima de dos años. Art. 24.- La duración de las penas, tanto en las condenaciones que en materia correccional se pronuncien contra aquellos individuos que se hallen en estado de detención previa, como...
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