compensaciones

Páginas: 15 (3535 palabras) Publicado: 15 de noviembre de 2014
Fuente: www.caballerobustamante.com.pe
www.alaboral.com.pe
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ECB EDICIONES

Depósitos de CTS del semestre
noviembre 2012 - abril 2013
El TUO de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios,
D.S. Nº 001-97-TR (01.03.97), y su Reglamento, D.S. Nº 00497-TR (15.04.97), disponen que el depósito de la Compensación
por Tiempo de Servicios (CTS) se realiza semestralmente enla
institución elegida por el trabajador. En razón a lo mencionado,
la oportunidad de pago de este beneficio será en la primera
quincena de los meses de mayo y noviembre, de cada año,
con lo cual podemos determinar que los periodos computables
serán noviembre – abril y mayo – octubre, respectivamente.
En vista a que nos encontramos cercanos a la fecha de
pago de la CTS, a continuacióndesarrollaremos ALGUNOScasos prácticos, haciendo la distinción de los mismos tomando
como referencia la remuneración y el tiempo computable de
cada uno de éstos.
TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMENTE

computable a razón de un sexto de lo percibido en el semestre
respectivo, incluyéndose en dicho supuesto a las gratificaciones
de fiestas patrias y de navidad. En razón a ello, para el cálculo
dela CTS, deberá promediarse la gratificación correspondiente al
semestre computable entre seis.

d. Cálculo del monto a depositar
Remuneración Nº de meses Nº de meses
Total a

Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––

S/. 4 754,17 ÷
12
x
6
= S/. 2 377,08
2. Trabajador que no ha laborado todo el períodocomputable
a. Datos
– Fecha de ingreso
: 28.01.2013
– Tiempo computable
: 3 meses y 4 días
(Del 28.01.2013 al 30.04.2013)

I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente






1. Trabajador que ha laborado durante todo el período computable
a. Datos
– Fecha de ingreso
– Tiempo computable
(Del 01.11.2012 al 30.04.2013)
– Remuneración básicaabril 2013
– Gratificación diciembre 2012
– Bonificación extraordinaria del 9%
(Ley Nº 29351) (1)
b. Información adicional
– Asignación familiar

(2)

: 05.09.2011
: 6 meses

(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia se amplió
por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinaria no
tiene carácter remunerativo ni pensionable.
(2) Conformeal artículo 18º del TUO de la Ley de CTS, las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración
computable a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en este concepto las gratificaciones de Fiestas
Patrias y Navidad. En el presente caso, el trabajador no ha percibido
gratificación alguna dentro del periodo computable, razón por la cual,este concepto no será computable para el cálculo de la CTS.

: S/. 4 000,00
: S/. 4 075,00
: S/. 366,75
: S/. 75,00

c. Remuneración computable
– Remuneración básica
:
– Asignación Familiar
:
– 1/6 gratificación diciembre 2011 (2) :

Total

S/. 4 000,00
75,00
679,17
––––––––
S/. 4 754,17

(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia seamplió
por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinaria
no tiene carácter remunerativo ni pensionable, por lo tanto no es
computable para el cálculo de la CTS.
(2) De acuerdo con el artículo 3º del D.S. Nº 035-90-TR (07.06.90),
la asignación familiar tiene carácter y naturaleza remunerativa. En
tal sentido, será computable para el cálculo de gratificaciones.
(3) El artículo18º del TUO de la Ley de CTS dispone que las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración

Remuneración básica abril 2013 : S/. 2 000,00
Gratificación de diciembre 2012 : ––
Bonificación extraordinaria del 9%
(Ley Nº 29351) (1)
: ––

b. Información adicional
– Asignación familiar

: S/. 75,00

c. Remuneración computable
– Remuneración básica...
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