competencias del estado central
Art. 261.- el Estado Ecuatoriano tendrá competencias exclusivas sobre:
1. La defensa nacional, protección interna y orden público.
2. Las relaciones internacionales.3. El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.
4. La planificación nacional.
5. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetariacomercio exterior y endeudamiento.
6. Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda
7. Las áreas naturales protegidas y los recursos naturales.
8. El manejo de desastres naturales.
9. La quele corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales.
10. El aspecto radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones, puertos y aeropuertos
11. Los recursosenergéticos, minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales.
12. El control y administración de las empresas públicas nacionales.
COMPETENCIAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALESAUTONOMOS
Art. 262. Los gobiernos regionales autónomos tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin prejuicio de las otras que determine la ley que regule el sistema nacional de competencias:Planificar el desarrollo regional y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, provincial, cantonal, parroquial.
Planificar,regular y controlar el tránsito y el transporte regional y el cantonal en tanto no lo asumen las municipalidades.
Determinar las políticas de investigación e ningún del conocimiento, desarrollo ytransferencia de tecnologías, necesarias para el desarrollo regional, en el marco de planificación nacional.
Fomentar las actividades productivas nacionales.
Fomentar la seguridad alimentaria nacional.Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
COMPETENCIAS DE LOS GOBIENOS PROVINCIALES
Art. 263.- los gobiernos provinciales tendrán las siguientes competencias...
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