Componente
• Vigilancia, verificación, control y
coordinación para satisfacer los variados
intereses
• Obra bien realizada y prestigio profesional
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONESDEL ING. INSP.
(Ley de Contrataciones Públicas - G.O Nº 38.895 de 25/03/2008)
1. Conocer cabalmente el contrato que rija la obra a inspeccionar
2. Elaborar y firmar las actas (de inicio,terminación, recepción, etc.)
3. Supervisar la calidad de materiales y equipos, y rechazar y hacer
retirar de la obra los que no reúnan las condiciones requeridas.
4. Fiscalizar los trabajos y labuena calidad de la obra, y suspender la
ejecución de las partes que no se estén realizando debidamente
5. Recibir las observaciones y solicitudes que formule por escrito el
contratista, eindicarle las instrucciones que estime conveniente
6. Informar, al ente contratante, sobre el avance técnico y
administrativo de la obra así como cualquier paralización o
anormalidad queobserve.
7. Conformar y tramitar valuaciones de obra ejecutada
8. Velar por el cumplimiento de las normas laborales, de seguridad
industrial y de condiciones en medio ambiente del trabajo, etc.INGENIERO INSPECTOR
Profesional de la Ingeniería (Colegiado) especializado en el campo de la naturaleza delproyecto a ejecutar, con experiencia suficiente para ser el responsable de la Inspeccióndela obra y de controlar que la construcción se realiza cumpliendo cada una de susrequerimientos y etapas, de acuerdo con los planos, las especificaciones y demásdocumentos del proyecto. El IngenieroInspector es el representante del Ente Contratantey generalmente es el único autorizado para comunicar al contratista, lasposiblesmodificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas propuestas técnicas quemodifiquen el proyecto o el presupuesto. Todos los supervisores o superiores jerárquicosdeberían comunicar estos cambios a través del Ingeniero inspector. Un IngenieroInspector necesita...
Regístrate para leer el documento completo.