Concubinato
Particularmente interesante a este propósito es un documento quepodríamos definir como un “contrato de convivencia” entre un mercader y una sirviente-concubina, figura esta última bastante común durante todo el Medievo, época en la que no era extraño encontrar relacionesen “las que la mujer ofrecía tanto su trabajo como su sexo”.
El 8 de diciembre de 1287, en la ciudad corsa de Bonifacio, entonces bajo dominio genovés, ante un notario se redactaba un contrato entreJoaneta Oliveti, ciudadana del lugar, y el mercader veneciano Marco Bentrame, quien se hallaba en el puerto con su nave. El contrato —que en el formulario no se diferencia, exceptuando la parterelativa a la disponibilidad sexual de la mujer, de los comunes en la época dentro del ámbito doméstico— preveía que Joaneta permaneciera durante seis años sucesivos junto a Marco como sierva y amante alládonde él fuese. La mujer se comprometía a conservar y cuidar al señor y sus bienes “sin engaño”, y el hombre a darle “comida y vestido conveniente”. Tras seis años, si uno de los dos hubiera queridoromper la relación, la mujer habría recibido 10 liras genovesas.
También el acuerdo establecido en Roma el 24 de julio de 1489 entre Margherita del difunto Giovanni Dolcini da Milano y Angelo de ladifunta Andrea da Parma podría calificarse como un contrato de convivencia, donde, no obstante, no se menciona la aportación laboral de la mujer. Ante el notario y tres testimonios, entre ellos un...
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