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O F I C I A L
D E
B O L I V I A
LEY Nº 066 LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, laAsamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:
LEY QUE MODIFICA EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIFICOS (ICE)
Artículo 1. I. Semodifica las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos, de los productos contenidos en la Tabla 1 del Parágrafo I del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado aprobado porDecreto Supremo Nº 27947, de 20 de diciembre de 2004), sustituido por el Artículo 2 de la Ley Nº 3467, de 12 de septiembre de 2006, de la siguiente manera: “Tabla 1”
PRODUCTO Cigarrillos rubiosCigarrillos negros Cigarros, tabacos para pipas y cualquier otro producto elaborado de tabaco. ALICUOTA PORCENTUAL 55% 50% 50%
“ II. Se sustituye el Parágrafo II del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843(Texto Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 27947, de 20 de diciembre de 2004), de la siguiente manera: “II. Productos gravados con alícuotas específicas y porcentuales:
PRODUCTO ALICUOTAESPECÍFICA ALICUOTA PORCENTUAL
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G A C E T A
O F I C I A L
D E
Bs/LITRO
B O LI V I A
Bebidas no alcohólicas en envases herméticamente cerrados (excepto aguas naturales y jugos de fruta de la partida arancelaria 20.09) Chicha de maíz Alcoholes Cerveza con 0.5% o más gradosvolumétricos de alcohol Bebidas energizantes Vinos Singanis Bebidas fermentadas y vinos espumosos (excepto chicha de maíz) Licores y cremas en general Ron y vodka Otros aguardientes Whisky
0,300%
0,61 1,16 2,60 3,50 2,36 2,36 2,36 2,36 2,36 2,36 9,84
0% 0% 1% 0% 0% 5% 5% 5% 10% 10% 10%
A los productos detallados en el cuadro precedente se aplicará tanto la alícuota específica...
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