Contratacion Estatal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrada Ponente:
MARINA PULIDO DE BARÓN
Aprobado Acta N°006
Bogotá D.C., febrero nueve (9) de dos mil cinco (2005).
VISTOS
Realizada la audiencia pública, procede la Corte a dictar sentencia de única instancia en el proceso adelantadocontra el doctor ARNALDO JOSÉ ROJAS TOMEDES, de conformidad con las facultades previstas en los artículos 235, numeral 4° de la Carta Política y 75, numeral 6° de la Ley 600 de 2000.
El doctor ROJAS TOMEDES fue acusado por el Fiscal General de la Nación como presunto autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales esenciales “de que trataba el artículo 146 delanterior Código Penal, en concurso homogéneo”, con ocasión al tramite impartido respecto de los contratos 014 y 015 del 19 de agosto de 1998, y del 023 del 23 de noviembre siguiente, cuyos objetos versaron invariablemente en la realización de obras civiles para el colegio Luis Carlos Galán del municipio de Inírida.
Durante la diligencia de indagatoria, el doctor ROJAS TOMEDES señaló que seidentifica con la cédula de ciudadanía número 19.017.216 de Inírida (Guainía), natural de Orocué (Casanare), de 32 años para la fecha de la diligencia, padre de dos hijos, de profesión abogado, que se ha desempeñado como secretario de gobierno del Guainía y gobernador de ese departamento.
HECHOS
Con ocasión a las actividades desplegadas por la Contraloría General de la Repúblicaen el marco de la investigación fiscal 069 de 1999 seguida contra el Gobernador de Guainía, ARNALDO JOSE ROJAS TOMEDES y otros funcionarios de esa administración, se tuvo noticia que en 1998 el aforado celebró los contratos 14, 15 y 23, destinados todos a desarrollar obras de remodelación del colegio departamental Luis Carlos Galán Sarmiento del municipio de Inírida, a través de los cuales secomprometieron recursos del orden de ciento diecisiete millones quinientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y cuatro pesos.
Se estableció que en la fase de tramitación de los mencionados contratos se omitieron requisitos legales esenciales de la contratación estatal, particularmente no se cumplió el principio de planeación y se evadió la licitación como procedimiento contractualdebido, a expensas de contratar aisladamente obras que constituían un solo objeto contractual; igualmente se verificó que no se realizaron los procedimientos básicos de selección objetiva dentro de la contratación directa a la que indebidamente acudió la gobernación; y, finalmente, se constató que los contratos fueron adjudicados y de ellos se beneficiaron personas diferentes de las que sehicieron figurar como contratistas, hecho ocultado por tratarse de Diputados a la Asamblea de ese Departamento, inhabilitados por tal razón para celebrar los acuerdos de voluntades con el Estado.
ANTECEDENTES PROCESALES
Con fundamento en las copias compulsadas por la Contraloría General de la República, el Fiscal General de la Nación dispuso, el 9 de marzo de 2001, la prácticade diligencias previas allegando a la actuación los antecedentes de los contratos cuestionados.
El 17 de octubre siguiente se dispuso la formal apertura de instrucción, en cuyo marco se vinculó mediante indagatoria al doctor ARNALDO JOSÉ ROJAS TOMEDES y por resolución del 25 de junio de 2003 le fue resuelta situación jurídica con medida de aseguramiento de detención preventiva,sustituida por domiciliaria, como presunto autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales previsto en el artículo 146 del anterior estatuto penal. En la misma resolución el Fiscal General de la Nación ordenó compulsar ante sí copia de lo actuado para que, bajo otra cuerda procesal, se investigara la posible comisión de los delitos de peculado por apropiación y cohecho,...
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