convencion colectiva
La Ley Orgánica del Trabajo nos dice que: Los funcionarios o empleados públicos Nacionales, Estadales oMunicipales, se regirán por las normas sobre carrera Administrativa Nacionales, Estadales o Municipales, según sea el caso, en todo lo relativo a su ingreso, ascenso, traslado, suspensión, retiro, sistema de remuneración, estabilidad y régimen jurisdiccional; y gozarán de los beneficios acordados por dicha ley en todo lo previsto en aquellos ordenamientos. Los funcionarios o empleados públicos quedesempeñen cargos de carrera, tendrán derecho a la negociación colectiva, a la solución pacífica de los conflictos y huelgas, de conformidad con lo previsto en el titulo VII de esta ley, en cuanto sea compatible con la índole de los servicios que se prestan y con las exigencias de la administración pública. Los obreros al servicio de los entes públicos estarán amparados por las disposiciones de esta ley.
Yel reglamento de la misma nos establece en cuanto a su ámbito de aplicación que: Las negociaciones colectivas que involucren a Gobernaciones o Alcaldías, o a sus entes descentralizados, se someterán al régimen previsto en la presente Sección, en cuanto fuere compatible y en los términos previstos en el artículo 191 de este Reglamento.
Criterios Técnicos y Financieros: El Presidente de larepública en consejo de Ministros, establecerá los criterios técnicos y financieros que deberán atender quienes representen en las negociaciones colectivas a los entes indicados, es decir, cuando las negociaciones colectivas involucren a Gobernaciones, Alcaldías o a entes descentralizados. Los acuerdos que se celebren en el sector público, con ocasión de procesosconflictivos, se someterán igualmente a lasnormas de la Ley Orgánica del Trabajo para garantizar que las obligaciones que se pretendan asumir no excedan los límites técnicos y financieros establecidos por el Ejecutivo Nacional.
Presentación del Proyecto de convención Colectiva: El sindicato que solicite celebrar una convención colectiva, presenta ante la Inspectoria del Trabajo el proyecto de convención redactado en tres ejemplares y el actade la asamblea en la cual se acordó dicha presentación, luego el inspector del trabajo transcribirá al patrono el proyecto presentado, a los efectos de iniciar las negociaciones en fecha inmediata, al día y a la hora que señale. Si se considerare que debe formular observaciones por razones de carácter legal, así lo notificara al sindicato a los efectos de las aclaraciones y correcciones que seannecesarias. Otro requisito es la debida discusión del proyecto de convención colectiva y el cual debe efectuarse en presencia de un funcionario del trabajo, quien presidirá las negociaciones y se interesara en lograr un acuerdo inspirado en razones de conveniencia y equidad.
Posteriormente las partes convocadas para la negociación de dicha convención solo podrán formular alegatos y oponer defensassobre la improcedencia de las negociaciones en la primera reunión que se efectué de conformidad con la convocatoria. Vencida esa oportunidad no podrán oponer otras defensas. Una vez opuestas el inspector del trabajo decidirá dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes sobre su procedencia. Contra la decisión del inspector del trabajo se oirá apelación en un solo efecto por ante el...
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