Convenio de Roma

Páginas: 8 (1948 palabras) Publicado: 12 de noviembre de 2013
CONVENIO DE ROMA 1933-1952 SOBRE DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS EN LA SUPERFICIE POR AERONAVES EXTRANjERAS.




Profesor de la Cátedra:Realizado por:





Maracay, 28 de febrero de 2013
INDICE
Firmado en Roma el 7 de octubre de 1952
PREÁMBULO
CAPÍTULO I
Principios de responsabilidad
Artículo 1 al 10
CAPÍTULO II
Extensión de la responsabilidad
Artículo 11 al 14
CAPÍTULO III
Garantías de responsabilidad del operador
Artículo 15 al20
CAPÍTULO IV
Procedimiento y prescripción de acciones
Artículo 19 al 22
CAPÍTULO V
Aplicación del convenio y disposiciones generales
Artículo 23 al 30
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 31 AL 39
Preámbulo
Los Estados que firman el presente Convenio, animados por el deseo de garantizar una reparación equitativa a las personas que sufran daños causados en la superficie poraeronaves extranjeras, limitando al mismo tiempo, en forma razonable, el alcance de las responsabilidades originadas por dichos daños, con el fin de no entorpecer el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional y, del mismo modo, convencidos de la necesidad de unificar por medio de un convenio internacional, en la mayor extensión posible, los preceptos vigentes en los diversos países respecto alas responsabilidades originadas por dichos daños, han nombrado a tal efecto los infrascritos plenipotenciarios quienes, debidamente autorizados, han convenido en las siguientes disposiciones.

CAPITULO VI
Disposiciones finales
Artículo 31:
El presente Convenio quedará abierto a la firma de cualquier Estado hasta que entre en vigor de acuerdo con lo previsto en el art. 33.
Artículo 32:
1.El presente Convenio se someterá a ratificación por los Estados signatarios.
2. Los instrumentos de ratificación serán depositados en la Organización de Aviación Civil Internacional.

Artículo 33:
1. Tan pronto como 5 Estados signatarios depositen sus instrumentos de ratificación del presente Convenio, éste entrará en vigor entre ellos al nonagésimo día del depósito del quinto instrumento deratificación. Para cada uno de los Estados que depositen su instrumento de ratificación después de esa fecha, entrará en vigor el nonagésimo día del depósito de tal instrumento.
2. Tan pronto como entre en vigor el presente Convenio, será registrado en las Naciones Unidas por el Secretario General de la Organización de Aviación Civil Internacional.
Artículo 34
1. Al entrar en vigor este Convenio,quedará abierto a la adhesión de cualquier Estado no signatario.
2. La adhesión se efectuará mediante el depósito del instrumento de adhesión en la Organización de Aviación Civil Internacional, y producirá efectos a partir del nonagésimo día de dicho depósito.
Artículo 35
1. Los Estados contratantes podrán denunciar este Convenio notificando esta denuncia a la Organización de Aviación CivilInternacional.
2. La denuncia surtirá efecto 6 meses después de la fecha en que la Organización de Aviación Civil Internacional reciba la notificación de dicha denuncia; sin embargo, en cuanto a los daños definidos en el art. 1º, que resulten de un hecho ocurrido antes de haberse cumplido el plazo de 6 meses, el Convenio continuará rigiendo como si no se hubiere denunciado.
Artículo 36
1. Elpresente Convenio se aplicará a todos los territorios de cuyas relaciones exteriores, sea responsable un Estado contratante, con la excepción de los territorios respecto a los cuales se ha formulado una declaración conforme al numeral 2 del presente artículo o al párrafo 3 del art. 37.
2. Los Estados podrán declarar, en el momento del depósito de su instrumento de ratificación o adhesión, que la...
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