CONVENIOS COLECTIVOS EN PANAMA
Colectivos en Panamá
Leshka Carter
Luz Tejada
Wendolyn González
Definición de
Sindicato
Un sindicato es una organización
democrática de empleados en un
lugar de trabajo, que eligen unirse
para alcanzar objetivos comunes.
Por medio de la formación de
sindicatos, los empleados pueden
trabajar colectivamente a fin de
mejorar las condiciones laborales,incluyendo salarios, beneficios,
horarios y la seguridad laboral, así
como
también
resolver
desacuerdos laborales y encontrar
la mejor manera de que se realice
un trabajo.
Formación de Sindicatos
Los trabajadores/as del sector privado tienen
el derecho a formar sindicatos y afiliarse a
uno de su propia elección. No obstante,
existen limitaciones.
Sólo se autoriza un sindicato cuando:Existe
un mínimo de cuarenta miembros
para establecer una seccional sindical.
Todos
los miembros de un órgano ejecutivo
sindical
deben
ser
panameños.
Sector Público y
Sindicatos
Los
trabajadores del sector público no
tienen derecho a formar sindicatos.
Pueden formar "asociaciones", pero
sólo si cuentan con un mínimo de 50
miembros y sólo pueden formar una
asociaciónpor institución. La asociación
puede a su vez formar federaciones y
mantener negociaciones colectivas.
La
ley que rige la autoridad autónoma
del Canal de Panameño concede a sus
empleados el derecho de hacer huelga
pero sí permite que los sindicatos
organicen y negocien colectivamente.
Tipos de
Sindicatos
De
base: Si están formados por
individuos de varias profesiones,oficios o especialidades, que prestan
sus servicios en una misma empresa,
establecimiento o institución.
De
industrias: Si están formados por
individuos que prestan sus servicios
en varias empresas de una misma
rama industrial.
Gremiales:
Si están formados por
individuos de una misma profesión,
oficio o especialidad.
De
oficios varios: Si están formados
portrabajadores
de
diversas
profesiones, disímiles o inconexas.
Obligaciones del Sindicato
Procurar
el mejoramiento de las
condiciones de trabajo de sus miembros
y la defensa de sus intereses comunes.
Celebrar
convenciones colectivas de
trabajo , en los casos que se admita su
celebración
y
garantizar
su
cumplimiento.
Representar
a sus miembros en los
conflictos,controversias, reclamaciones
que se presenten con el empleador.
Propugnar
que las relaciones entre los
trabajadores
y
el
empleador
se
desarrollen sobre la base de la justicia y
mutuo respeto.
DERECHO A HUELGA
Para
que una huelga sea legal, una
mayoría absoluta de trabajadores
de la empresa debe votar a favor.
Las
huelgas sólo pueden ser
convocadas para exigir una mejoraen las condiciones de trabajo, en
relación a un convenio colectivo o
en protesta ante las repetidas
violaciones
de
los
derechos
legales.
No
se pueden convocar huelgas
para protestar contra la política del
Fuero Sindical
Gozarán de Fuero Sindical:
Los
miembros de los sindicatos en formación.
Los
Miembros de la Junta Directiva del
Sindicato.
Los
suplentesde los directivos , aún cuando
no actúen.
Los
representantes sindicales
Exoneraciones de los Sindicatos
Los
Sindicatos de trabajadores son organizaciones sin
fines de lucro y en consecuencia gozarán de los
siguientes beneficios:
Excepción
del pago de impuestos fiscales sobre
inmuebles y mobiliarios del sindicato, sus
cooperativas, escuelas industriales o profesionales,bibliotecas y clubes deportivos y culturales.
Excepción
de pago de impuestos de introducción de
las maquinarias, vehículos de trabajo, equipos u otros
artículos indispensables para el funcionamiento de
los centros de formación profesional que estableciere
previo dictamen del Ministerio del Trabajo.
Disolución de un Sindicato
En
caso de disolución voluntaria, la...
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