Corrupción
SOLIDARIDAD
Roberto Salom E.
El tratamiento del tema de la corrupción desde la perspectiva sociológica exige no solo una
ruptura con el pensamiento espontáneo, sino también con concepciones de carácter moralista y
hasta con algunos enfoques jurídicos, que tienen en común una visión ahistórica y descontextualizada. Tales sesgos inducen a absolutizar el concepto, con las subsecuentes
formulaciones conformistas del tipo “la corrupción ha existido por siempre”, o “la corrupción es
consustancial a la naturaleza humana”, que de partida desvían la atención de un tratamiento
particular; o las formulaciones pesimistas, como nos lo advierte José Merino del Río al referirse a aquellos que “aseguran, animados por las profecías de fin de milenio que nos encontramos ante
una nueva versión de Sodoma que solo será purificada por el fuego” (Universidad, n°1358,
p.19), para señalar posteriormente que “ambos, (los que aquí hemos llamado conformistas y los
que él ha denominado “pesimistas”) niegan la posibilidad del combate ético, como una tensión
inherente a la política” (Idem).Algunos autores han intentado una taxonomía de los actos o las conductas corruptas que los
lleva a distinguir determinados tipos, tales como: el soborno, la extorsión, arreglos, alteraciones
fraudulentas del mercado, malversaciones y fraudes, especulación financiera con fondos
públicos, parcialidad, colusión privada, uso de información privilegiada, etc. (Laporta, 1997, ps. 21 y 22).
No obstante, estas modalidades, si bien datan de mucho tiempo atrás, no han existido “por
siempre”. El hecho de que se puedan construir tales tipologías acusa la conformación de
“tradiciones corruptas”, algunas de las cuales podríamos llamarlas clásicas, que se destacan
porque han sobrevivido a través del tiempo, sobre todo, en virtud de la pervivencia de
determinadas relaciones e instituciones sociales. Sin embargo, lo realmente determinante para
entender los distintos actos corruptos lo constituye un enfoque históricosocial que permita su
análisis concreto, esto es, histórica y socialmente determinado.
Igualmente ociosa puede resultar la pretensión de ejercer un control absoluto sobre la corrupción, lo cual puede tener efectos no deseados que, además, pueden resultar restrictivos
desde el punto de vista de las garantías individuales (Idem, p. 35).
En un intento por realizar un análisis más concreto de esta problemática, Laporta plantea
una hipótesis básica en relación con la corrupción política en los siguientes términos: “Un Estado democrático de derecho es el sistema político que menos favorece la corrupción y es el sistema
político que mejor lucha contra la corrupción” (Idem, p. 29). A nuestro juicio, esta hipótesis
tiene las características de una formulación sociológica ya señaladas y consideramos que puede
ser fecunda en el tratamiento del tema.
La hipótesis sugiere, vista en perspectiva de proceso, que el incremento de la corrupción
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acusa la acentuación de formasautocráticas en lo político, en detrimento de los procedimientos
democráticos. El mismo autor lo advierte al decir que “la oscuridad no solo genera corrupción,
sino que alimenta la posibilidad de manipular, corruptamente, o de inventar, mentirosamente, la
corrupción misma”. Y, más adelante, agrega que “la transparencia y la publicidad del proceso decisorio ahuyentan así tanto la corrupción como la invención de la corrupción, y son los
atributos básicos de una sociedad abierta, es decir, liberal y democrática frente a una sociedad
‘’cerrada’’, es decir, autoritaria” (p. 32).
En ese mismo sentido expone Norberto Bobbio un segundo significado de la dicotomía entre
lo público y lo privado, al destacar, desde Kant, “la fórmula trascendental del derecho público”, ...
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