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KATHERINE PAOLA GARCIA MENDEZ
CESAR AUGUSTO BUITRAGO PINEDA
DOCENTE CP
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
LIC. PEDAGOGIA INFANTIL
V SEM B
2015
INTRODUCCIONComo es de hábito cuando se revuelve la cosa política, cuando se revuelven las masas, se estremece del mismo modo el morbo, el caos, nos convertimos en sensacionalistas, nos tornamosmás ¨opinadores¨ que los columnistas de canales juntos, no es raro que la abundancia lo haga, siempre nos queremos mezclar en todo y siempre que lo hacemos lo único que dejamos afectado son las instauraciones y por tantola dichosa democracia por la que tanto se habla.
Esta vez no hablaré específicamente del ¨chisme¨ relacionado con el ahora destituido Gustavo Corredor, porque no me gusta hablar de ello, en estaépoca comentaré de los aspectos jurídicos que se han ocasionado y que se puedan instruir a partir de la famosa exclusión de la Alcaldía de Granada.
El si se debe meditar injusto o ilegal la decisiónempañada por el procurador de la nación por el haber destituido e inhabilitado a Gustavo Corredor, por quince años, como también si acude a la proporcionalidad dicha medida, el segundo punto a demostrar essi el fallo dictaminado altera o no la democracia, como también si se discurre como incompetente o competente las ocupaciones del procurador a la hora de sentenciar al Alcalde de Granada, por ultimosi es posible disciplinar a los designados popularmente, ya que como dicen unos especialistas existe algún tipo de antinomia constitucional o contradicción en las competencias del jefe del ministeriopúblico ya que sus medidas tomadas perturban arduamente el Derecho Internacional de los Derechos Humanos al ir en contra la Convención Americana de los Derechos Humanos y de los demás instrumentosjurídicos internacionales.
¿SE DEBE REFLEXIONAR INJUSTO O ILEGAL LA MEDIDA TOMADA POR EL PROCURADOR AL HABER DESTITUIDO E IMPEDIDO A GUSTAVO CORREDOR POR...
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