cpcdf

Páginas: 496 (123959 palabras) Publicado: 6 de septiembre de 2014
Época: Décima Época
Registro: 2007299
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 29 de agosto de 2014 08:13 h
Materia(s): (Común)
Tesis: (VIII Región)2o.2 C (10a.)

ALIMENTOS. SI EL ACTO RECLAMADO ES UNA SENTENCIA DICTADA EN UN PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO DE ESA NATURALEZA, CONTRA ÉSTA PROCEDEEL RECURSO DE APELACIÓN, POR LO QUE SI ÉSTE NO SE AGOTA EL AMPARO ES IMPROCEDENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CAMPECHE).

Del título vigésimo segundo de la legislación adjetiva civil del Estado de Campeche, intitulado "De los procedimientos orales en materia de alimentos, pérdida de la patria potestad y adopción", se advierte que los alimentos pueden solicitarse por dos vías, a saber: a)voluntaria; y, b) contenciosa o de controversia. Las disposiciones generales para la petición de alimentos, cualquiera que sea la vía, se encuentran previstas en el capítulo I, artículos 1376 al 1386; en tanto, las específicas para el procedimiento contencioso, están comprendidas en el capítulo II, dispositivos del 1387 al 1458; y para el procedimiento voluntario en el capítulo III, numerales 1459 al1461. Conforme a las disposiciones generales, se infiere que contra las sentencias que resuelvan la petición de alimentos, en cualquiera de las dos vías, procede el recurso de apelación; pero, tratándose de la resolución que fija la pensión provisional específicamente en los juicios contenciosos o de controversia, no se admitirá recurso alguno. Por tanto, si el acto reclamado lo constituye unasentencia dictada en un procedimiento voluntario de alimentos, entonces, contra ésta procede el recurso ordinario de apelación, ya que no se trata del caso de excepción que prevé la ley adjetiva de la materia, es decir, de la determinación de la pensión provisional que se fija en los juicios contenciosos o de controversia, ya que contra ella no se admite recurso alguno; y si éste no se agota previo aljuicio de amparo, este último es improcedente.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.

Amparo en revisión 60/2014 (cuaderno auxiliar 516/2014) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Mérida, Yucatán. 22 de mayo de2014. Unanimidad de votos. Ponente: Mayra González Solís. Secretaria: Graciela Bonilla González.

Esta tesis se publicó el viernes 29 de agosto de 2014 a las 08:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.


Época: Décima Época
Registro: 2007164
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 15de agosto de 2014 09:42 h
Materia(s): (Civil)
Tesis: III.4o.C.15 C (10a.)

DIVORCIO CON BASE EN LA CAUSAL CONSISTENTE EN LA NEGATIVA INJUSTIFICADA DEL DEMANDADO PARA PROPORCIONAR ALIMENTOS A SU CÓNYUGE. CORRESPONDE AL DEUDOR DEMOSTRAR EL CUMPLIMIENTO DE ESA OBLIGACIÓN, EN TANTO QUE LA NECESIDAD DE LA ACREEDORA PARA RECIBIRLOS DEBE PRESUMIRSE POR EL HECHO DE RECLAMARLOS Y HABERSE DEDICADOPREPONDERANTEMENTE AL TRABAJO DEL HOGAR O AL CUIDADO Y EDUCACIÓN DE LOS HIJOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Si se toma en consideración que el supuesto consistente en la negativa injustificada a dar alimentos al otro cónyuge y a los hijos, sin necesidad de que exista requerimiento ni sentencia judicial relativa al reclamo de los mismos, se encuentra contemplada como causa de divorcio, deacuerdo con el artículo 404, fracción XIII, del Código Civil del Estado de Jalisco, puede válidamente concluirse que la hipótesis destacada, por formar parte integrante de la referida acción de divorcio, se actualiza con la sola omisión, no desvirtuada, de ministrar los alimentos, correspondiendo, por tanto, al deudor alimentista la carga de acreditar que la acreedora no tiene necesidad de...
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