cuasicontratos derecho romano
EL
ERNESTO A. SÁNCHEZ
1.
Vélez
URITE
INTRODUCCIÓN
I.
se
trata
Cuando
acerca
de la metodología empleada
por
del Código Civil
legislar en el libro II sección tercera
se
hace
hincapié al acápite puesto a la mencionada
“De las obligaciones
nacen
de los contratos";
en
que
de la misma
se
encuentran
numerosas
hipótesis que
En el'título
18 de la misma, Vélez
contractuales.
legislade varias
hipótesis cuasicontractuales,
bajo el acápite
“De la gestión de negocios
ajenos”.
para
Argentino,
sección:
estudio
el
son
no
acerca
común:
mencionada
2. Para
solucionar
el
la'crítica
de dicha
sección
a) el sacar
rior, quedaban, pues dos caminos:
o b)
todas
ampliar el dominio
aquellas figuras no contractuales,
Bibiúltima
del acápite solución
esta
por
que ha sido seguida
del
deReformas
de Anteproyecto
loni 1, en su monumental
obra
por la comisión
Código Civil, y ha sido además la salida hallada
de Refordel Proyecto
reformadora
encargada de la redacción
el acápite, ha sido también
mas
en
1936 2. El ampliar
realizado
de
del
autores
CódlgO
la solución
Anteproyecto
seguida por los
Guillermo
el año 1954 por los doctores
en
Civil, realizado
A: Borda y Jorge
juristas.a
Llambíasjunto con otros conocidos
ante-
punto
en
Joaquín
3.
El
gar a no
romanistas
1
BIBILONI,
sección
la
estudio
pocas
que
2% del
luha dado
y la legislación del cuasicontrato
los
Desde
los distintos
en
controversias
autores. fundamenel origen
de explicarse
y
han tratado
Antonio.
II, la
Juan
libro
'
g
a
con
.
ue
am
En
Antepgoygecto
t.
Anteproyecto,
su
II, pág. 176, a
de
e
o
delas
a
Obli-
las
_Fu<;ntes
“gellas
denominaá
conteni
mism
el
de 1936, sigue
Fuentes
las
.
Clvfl,
redactado
por
que
procedimiento
Libro
Obligacmnes
.
,
la
B1-
III,
_
del
de Código Civil
para
la_ República Argentina,
del año 1968,
recién- ha salido publicado a fines
1954. Ekte
trabajo
es
no
citado.
hemos
lo que
en
otros
que
realizado anteriormente
de las Oblilas Fuentes
el Libro
IV,sección IV, usa el acápite: “De
3
año
o
Reformadora
“De
respecto:
á
438.
VI,
al
sección
por
En
lía
e“;nes”,
Rgformasdel Código
de
El
Proyelctc:l
el nusmo
Comisión
biloni
gaclones”.
'401
doctrinarios
los modernos
hasta
to del mismo,
que
niegan la
fuente
autónoma
de obligaciode tal categoría como
existencia
cómo
asimismo
la mayoría
El Código Civil de los franceses,
nes.
alcuasicontrato,
dieron
él inspirados,
tratade los códigos en
autónoma
como
fuente
de obligaciones.
de figura
En
miento
tuvo
el codificador
la premonición de negarie
nuestro
derecho,
tal jerarquía.
4.
fuentes
llegar
a
más
ha de desarrollar
se
Como
adelante, las distintas
teniendo
fueron
una
evolución
hasta
de las obligaciones,
como
tales
a:
la pentapartita,
contratos,
que reconoce
cadelitos, cuasidelitos
yla ley. La mencionada
al pie de los
en
Vélez
la cita
puestas
algunas notas
del Código Civil.
cuasicontratos,
lificación
artículos
los presupuestos
necesarios
Pa5. Entendemos
por fuentes,
el título
del vínculo
la existencia
ra
obligacional,
jurídico del
del
acreedor
derecho
obligación; el
y de la correspondiente
la obligación, debe
con
nace
vínculo
pues,
justificarse,
y
que
de las obligaciones,el- nacimiento
ello hace
que investiguemos
4
de las mismas.
de las fuentes
el origen y desarrollo
la mencionada
clasificadice
Gil 5, nos
6. Hernández
que
ción pentapartita,
larga evolución, que se
surgió luego de una
nos
dice:
“. .Pasamos
inició con
Gayo 0, que en sus Institutas,
una
división
fundaEstas
a las
ahora
comportan
obligaciones.
de un
en
dos eSpecies: toda
mental
obligación en efectonace
o de un
delito".
contrato
.
4 PUIG
dice:
“En los paises
BRUTAU
(t. I, vol. II, pág. 57), nos
romano
es
tradicional
entre
del derecho
derivado
civil
de derecho
que
exista
a
todas
las obligaciones
las reglas
algún
y comunes
generales
las causas
ser
de su
nacimiento.
cuales
pueden
exprese
que
precepto
sin formular
su
estudio
la elemental
en
se entra
Casi siempre
pregunta
veces
en
los estudios
a...
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