Datos
en general están incluidas en el presente Código, en el Código de Conducta y en el Manual
de Políticas y Procedimientos para las Operaciones de Tesorería, para las Operaciones de
las Mesas de Negociación y para las Operaciones de Instrumentos Financieros Derivados
del Banco, el cual, como ya se manifestó con anterioridad, son de obligatorio
cumplimiento por parte de la sociedad, y todos los Grupos de Interés Internos y los
vinculados2.
En relación con los conflictos de interés en actividades de intermediación de valores el
Banco establece las siguientes políticas que son de obligatorio cumplimiento por parte de los administradores, empleados, accionistas y colaboradores de Citibank‐Colombia S.A.:
6.3.2.1. Política de prevención de conflictos de interés de los empleados
Los empleados y colaboradores de Citibank‐Colombia S.A. deben estar alerta a cualquier
actividad, interés o relación que pueda interferir o que aparente interferir con su capacidad de actuar en los mejores intereses de sus clientes o del Banco en las actividades
de intermediación de valores. En caso de duda sobre la existencia o eventual generación
de un conflicto de interés deberá buscar asesoramiento con el Oficial de Cumplimiento o
el Secretario General de la compañía y siempre actuar con los más elevados estándares
éticos.
6.3.2.2. Política de Barreras de Información
Todos los empleados de Citibank‐Colombia S.A. están cubiertos por la política de barreras
de la información conforme con la cual, quienes tengan usualmente acceso a información
confidencial de los clientes (actividad no pública), deben estar físicamente separados de
aquellos empleados que realizan negocios o negocian títulos a partir de información
pública. De esta forma se busca prevenir conflictos de interés en las actividades de
intermediación de valores.
6.3.2.3. Política de operaciones con Información Privilegiada
La política de Citibank‐Colombia S.A. prohíbe las operaciones con valores (incluyendo los
valores de renta variable, valores convertibles, opciones, bonos y cualquier indicador
bursátil que contenga el valor) de cualquier empresa mientras se posea información relevante y no pública con respecto a esa empresa. Esta prohibición afecta los valores
emitidos por Citibank‐Colombia S.A. y sus vinculados (en adelante los “valores de Citi”).
6.3.2.4. Política de inversiones personales en valores de Citi y otros
Las inversiones en los valores de Citi para cuentas personales de los empleados deben realizarse con una finalidad de largo plazo y como parte de una estrategia de inversión
más amplia. Se prohíbe a los empleados de Citibank‐Colombia S.A. operar con valores
cotizados en Bolsa (incluyendo los valores de Citi) para sus cuentas personales si poseen
información privilegiada sobre el valor o el emisor. Los empleados del Banco no deben
hacer ninguna inversión personal en una empresa, si la inversión puede llegar a afectar o aparentar que afecta su capacidad de toma de decisiones objetivas para la compañía. Esta
política no aplicará a las inversiones personales en empresas que tengan una relación
comercial con Citibank‐Colombia S.A., cuando dicha relación sea únicamente la de un
cliente de productos de la sociedad disponibles para clientes en situaciones similares sobre prácticamente la misma base, ni a las inversiones inferiores al 1% de las acciones en
circulación de una empresa que cotiza en Bolsa.
6.3.2.5. Política de negociaciones comerciales con partes relacionadas
Los empleados de Citibank‐Colombia S.A. deben notificar a su supervisor acerca de
cualquier relación u operación comercial propuesta que pudiera tener el Banco con ...
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