Decreto 170
Grupo Diferencial
Atiende alumnos con Necesidades Educativas Especiales Transitorias, que no están incorporados en Programa Integración.Rigiéndose por el Decreto Nº 291
EL DECRETO 291
Forma de intervención pedagógica: 1.- Puede realizarse en el curso común o en el aula de recursos, de acuerdo con las características del alumno, lascompetencias del cuerpo docente y el tipo de adaptación curricular que requiera. 2.- Se debe procurar que el alumno esté la mayor parte del tiempo en su curso, participando del currículum general. 3.-Establecimientos sin JEC : 20 – 25 alumnos Establecimientos con JEC: 25 – 30 alumnos. 4.- El apoyo pedagógico se regirá por la planificación del curso común.
EN ESTE MARCO, TIENE DOS FRENTES DETRABAJO : 1.- Articulación con el Programa de Integración del Establecimiento. 2.- Colaboración y articulación con Plan Lector de prebásica. IMPLICA PRIORIZAR ATENCIÓN EN CURSOS DESDE KINDER A 2ºBÁSICO.
1.- Articulación con el Programa de Integración del Establecimiento: - La atención de alumnos bajo el decreto Nº 291,permitirá la detección de alumnos con SDAH, Limítrofes y TEA. - Para queestos alumnos puedan postular posteriormente a Programa Integración Escolar, deben cumplir con requisitos exigidos por el Ministerio al momento de su postulación. El cumplimiento de estos requisitos seráresponsabilidad del docente de grupo diferencial.
TEA
PROCEDIMIENTO: 1.- ACREDITACIÓN DE APOYOS. Acreditar que el establecimiento implementó en el 1º y 2º año de EGB. y 1º año básica adultos, lassiguientes medidas: 1.a) Respecto de todos los alumnos del curso. -Priorización de habilidades lectoras, de escritura y de matemáticas. - Implementación de diferentes estrategias de aprendizaje.-Evaluación continua basada en el currículum. - Monitoreo del progreso -Apoyo individualizado 1.b) En relación al o los alumnos con mayores dificultades. - Aplicación de evaluaciones para identificar...
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