Decreto 190 de 2004
(Enero 26 de 2004)
por el cual se suprimen unos círculos registrales y se modifican
algunas comprensiones municipales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejerciciode sus facultades, en especial las que le confiere el artículo 131 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Nacional la creación, supresión y fusiónde los círculos de Registro de Instrumentos Públicos de conformidad con lo establecido por el inciso tercero del artículo 131 de la Constitución Política;
Que de conformidad con lo establecido en elartículo 209 de la Constitución Política, "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones";
Que el numeral 10 del artículo 9º del Decreto-ley 2158 de 1992,faculta al Superintendente de Notariado y Registro para proponer al Gobierno Nacional la creación o supresión y de Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y la creación o modificación de losrespectivos círculos;
Que el numeral 9 del artículo 12 del citado Decreto, fija como función de la Oficina de Planeación e Informática de la Superintendencia de Notariado y Registro, "Coordinar laelaboración de estudios socioeconómicos y financieros referentes a los servicios de Notariado y Registro"; igualmente el numeral 11 del mismo artículo, establece que dicha Oficina debe "Orientar los estudiostecnicoadministrativos acerca de la creación, supresión o modificación de Notarías, Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y los círculos correspondientes, y emitir su concepto alSuperintendente";
Que de conformidad con lo ordenado por el numeral 9 del artículo 12 del decreto citado, la Oficina de Planeación e Informática de la Superintendencia de Notariado y Registro ha realizado un...
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