Decreto 83 2015 1
de la enseñanza
DECRETO N°83/2015
APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR
PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE
EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA
División de Educación General
Unidad de Currículum
DIVERSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA
DECRETO N°83/2015
APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR
PARA ESTUDIANTES CONNECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE
EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA
División de Educación General
Unidad de Currículum
Ministerio de Educación
DIVERSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA
DECRETO N°83/2015
APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR PARA
ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIÓN
PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA
Ministerio de Educación de Chile
División deEducación General
Unidad Educación Especial
Santiago de Chile
Diseño: Verónica Santana
Junio, 2015
Decreto N°83/2015
Aprueba Criterios y Orientaciones de Adecuación
Curricular para Estudiantes con Necesidades
Educativas Especiales de Educación Parvularia y
Educación Básica
Núm. 83 exento.- Santiago, 30 de enero de 2015.Considerando: Que el decreto con fuerza de ley Nº2,
de 2009, del Ministeriode Educación, que Fija el Texto
Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº
20.370, con las Normas no Derogadas del decreto
con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de
Educación, establece en sus artículos 22 y siguientes
que la educación especial o diferencial es aquella
modalidad educativa que posee una opción organizativa
y curricular dentro de uno o más niveles educativos
de laeducación regular, proveyendo un conjunto de
servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos
especializados y ayudas para atender las necesidades
educativas especiales que puedan presentar algunos
alumnos de manera temporal o permanente a lo largo
de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o
una dificultad específica de aprendizaje, procurando dar
respuesta a requerimientosespecíficos de aprendizaje
personales o contextuales, con el propósito de garantizar
la igualdad en el derecho a la educación.
Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -3-
Que asimismo el artículo 34 del decreto con fuerza de ley Nº2, de
2009, del Ministerio de Educación, establece que en el caso de la
educación especial o diferencial, corresponderá al Ministerio de
Educación, previaaprobación del Consejo Nacional de Educación,
conforme al procedimiento establecido en el artículo 86, definir
criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten
necesidades educativas especiales, así como criterios y orientaciones
de adecuación curricular que permitan a los establecimientos
educacionales planificar propuestas educativas pertinentes y de
calidad para estosalumnos, sea que estudien en escuelas especiales
o en establecimientos de la educación regular bajo la modalidad de
educación especial en programas de integración.
Que de acuerdo al artículo 36 de la Ley Nº20.422, que Establece
normas Sobre Igualdad de Oportunidades e inclusión Social de
Personas con Discapacidad, los establecimientos de enseñanza regular
deberán incorporar las innovaciones yadecuaciones curriculares, de
infraestructura y los materiales de apoyo necesarios para permitir y
facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos o niveles
existentes, brindándoles los recursos adicionales que requieren para
asegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional.
Que el concepto de necesidades educativas especiales implica una
transición en la comprensión de lasdificultades del aprendizaje, desde
un modelo centrado en el déficit hacia un enfoque propiamente
educativo, que implique el desarrollo integral de las características
individuales de los estudiantes, proporcionando los apoyos necesarios,
para que pueda aprender y participar en el establecimiento educacional.
Que para la modalidad educativa especial o diferencial existen planes
y programas...
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