Decreto de Cuzco 4 de julio 1825

Páginas: 6 (1375 palabras) Publicado: 11 de junio de 2013
Por decreto expedidio el 4 de Julio de 1825 en Cuzco, el Libertador dispone la distribucion de tierras a los indigenas.
SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador Presidente de la República de Colombia, Libertador de la del Perú y Encargado del Supremo Mando de ella, etc., etc.

Considerando:
1º. Que a pesar de las disposiciones de las leyes antiguas nunca se ha verificado la repartición de las tierrascon la proporción debida;
2º . Que la mayor parte de los naturales han carecido del goce y posesión de ellas;
3º. Que mucha parte de dichas tierras, aplicables a los llamados indios, se hallan usurpadas con varios pretextos por los caciques y recaudadores;
4º. Que el uso precario que se les concedió en el gobierno español ha sido sumamente perjudicial a los progresos de la agricultura y a laprosperidad del Estado;

5º. Que la Constitución de la República no conoce la autoridad de los caciques sino la de los intendentes de provincia y gobernadores de sus respectivos distritos, he venido en decretar y

Decreto:
1º. Que se ponga en ejecución lo mandado en los artículos 3º, 4º y 5º del decreto dado en Trujillo a 8 de abril de 1824 sobre repartición de tierras de comunidad.

2º. Enla masa repartible se incluirán aquellas de que se han aprovechado los caciques y recaudadores por razón de su oficio, esclareciéndolas los comisionados para la venta y distribución de las tierras.

3º. La mensura, repartición y venta de tierras de cada provincia se ejecutará por personas de probidad e inteligencia que proponga en terna al prefecto la junta Departamental luego que seestablezca bajo su responsabilidad, formándose por ella misma el arancel de las dietas y derechos que deban llevar aquéllos en el desempeño de esta comisión.

4º . No se comprenden en el artículo 2º los caciques de sangre en posesión y los que acrediten su legítimo derecho, a quienes se declara la propiedad absoluta de las tierras que en repartimiento les hayan sido asignadas.

5º . Los caciques que notengan ninguna posesión de tierra propia recibirán por su mujer y cada uno de sus hijos la medida de cinco topos de tierra o una igual a ésta en los lugares donde no se conozca la medida de topos.

6º . Cada indígena, de cualquiera sexo o edad que sea, recibirá un topo de tierra en los lugares pingües y regados.

7º. En los lugares privados de riego y estériles, recibirán dos topos.

8º.Los indígenas que fueron despojados de sus tierras en tiempo del gobierno español para recompensar con ellas a los llamados pacificadores de la revolución del año 14, se les compensará en el repartimiento que se haga de las tierras de comunidad con un tercio más de terreno que el que se asigne a los demás que no hayan experimentado este perjuicio.

9º. Que la propiedad absoluta, declarada a losdenominados indios en el artículo 2º del citado decreto, se entienda con la limitación de no poderlos enajenar hasta el año 50 y jamás en favor de manos muertas, so pena de nulidad.

10º. El Secretario General interino queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este decreto.

Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en el Cuzco, a 4 de julio de 1825. - 6º y 4º

SIMÓN BOLÍVAR
Por ordende Su Excelencia,
Felipe Santiago Estenós


“Los articulos 3º, 4º y 5º de mencionado decreto, sobrevende reparticion de tierras del estado del Peru, expedido por el libertador en Trujillo (Peru) el 8 de abril de 1824, dicen: “ 3º las tierras lamadas de comunidad se repartiran conformes a ordenanza , entre todos los indios que no gocen de alguna otra suerte de tierra, quedando dueños deellas, como las declara el articulo 2º, y vendiendose las sobrantes segun el articulo 1º y 4º. Se ligara este repartimiento con consideracion al estado de cada porcionero asignandole siempre mas casado que al que no lo sea, y de manera que ningun indio pueda quedarse sin su respectivo terreno, 5º esta mensura se hara con consideracion a las circunstancias locales de cada provincia, reduciendose a la...
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