Decreto ley nº825

Páginas: 131 (32680 palabras) Publicado: 15 de julio de 2010
DECRETO LEY Nº 825, SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS¡Error! Marcador no definido.

(Reemplazado por el Decreto Ley Nº 1.606, publicado en el Diario
Oficial de 3 de Diciembre de 1976, conservando su mismo número y
actualizado hasta el 29 de julio de 1998)

Núm. 1.606.- Santiago, 30 de Noviembre de 1976. Vistos: lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974y 991, de 1976, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente.

DECRETO LEY

ARTICULO PRIMERO.- Reemplázase el texto del Decreto Ley Nº 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, y las modificaciones posteriores que se le han incorporado por el siguiente, manteniendo el mismo número de decreto ley:

LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOSTITULO I

Normas Generales

PARRAFO 1º

De la materia y destino del impuesto

ARTICULO 1º.- Establécese, a beneficio fiscal, un impuesto sobre las ventas y servicios, que se regirá por las normas de la presente ley.

PARRAFO 2º

Definiciones

ARTICULO 2º.- Para los efectos de esta ley, salvo que la naturaleza del texto implique otro significado, se entenderá:

1º) Por"venta", toda convención independiente de la designación que le den las partes, que sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporales muebles, bienes corporales inmuebles de propiedad de una empresa constructora construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos por un tercero para ella, de una cuota de dominio sobre dichos bienes o de derechos realesconstituidos sobre ellos, como, asimismo, todo acto o contrato que conduzca al mismo fin o que la presente ley equipare a venta.

2º) Por "servicio", la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los Nº 3 y 4, del artículo 20, de laLey sobre Impuesto a la Renta.

3º) Por "vendedor" cualquiera persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que se dedique en forma habitual a la venta de bienes corporales muebles,sean ellos de su propia producción o adquiridos de terceros. Asimismo se considerará "vendedor" la empresa constructora, entendiéndose por tal a cualquier persona natural ojurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho,que se dedique en forma habitual a la venta de bienes corporales inmuebles de su propiedad, construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos por un tercero para ella. Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos calificar, a su juicio exclusivo, la habitualidad.

Se considerará también "vendedor" al productor,fabricante o
empresa constructora que venda materias primas o insumos que, por cualquier causa, no utilice en sus procesos productivos.

4º) Por "prestador de servicios" cualquier persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que preste servicios en forma habitual o esporádica.

5º) Por "período tributario", un mes calendario, salvo que esta ley o la DirecciónNacional de Impuestos Internos señale otro diferente.

PARRAFO 3º

De los contribuyentes

ARTICULO 3º.- Son contribuyentes, para los efectos de esta ley, las personas naturales o jurídicas,incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que realicen ventas, que presten servicios o efectúen cualquier otra operación gravada con los impuestos establecidos en ella.

En el caso delas comunidades y sociedades de hecho, los comuneros y socios serán solidariamente responsables de todas las obligaciones de esta ley que afecten a la respectiva comunidad o sociedad de hecho.

No obstante lo dispuesto en el inciso primero, el tributo afectará al adquirente, beneficiario del servicio o persona que deba soportar el recargo o inclusión en los casos que lo determine esta ley o...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Decreto Ley y Decreto Legislativo
  • Decretos De Ley
  • Decreto Ley No
  • Decreto ley
  • Decreto ley
  • decreto ley
  • Ley De Decretos
  • DECRETOS DE LEY

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS