DECRETO No 135 2008 Ley Mipymes
EL CONGRESO NACIONAL
CONSIDERANDO: Que es función del Estado velar por el desarrollo equilibrado de
todos los sectores de la producción y crear condiciones en igualdad de oportunidades
para la mejoría económica de los ciudadanos.
CONSIDERANDO: Que la Estrategia para la Reducción de la Pobreza se sustenta en cinco (5) grandes lineamientos: 1) priorizar en acciones que tiendan a la reducción de la
pobreza; 2) priorizar las acciones a favor de grupos y zonas más postergadas del país;
3) fortalecer la participación de la sociedad civil y la descentralización: 4) fortalecer la
gobernabilidad y la democracia participativa, y, 5) disminuir la vulnerabilidad ambiental y
su impacto en la pobreza.
CONSIDERANDO: Que la micro, pequeña y mediana empresa constituyen un sector
importante, como fuentes generadoras de nuevas oportunidades de empleo, como
factor significativo para el incremento de la producción; un medio de realización de la
persona humana; una fuente de estabilidad, seguridad y educación para los sectores
más vulnerables del país; y un medio para fomentar la cohesión social de las
comunidades urbanas y rurales.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 337 de la Constitución de la República, establece
que la industria y el comercio en pequeña escala constituyen un patrimonio de los
hondureños y que su protección será objeto de una Ley.
CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 681 del 23 de octubre de 1978 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de noviembre de 1978, que contiene la Ley de Fomento
de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial y la Artesanía, constituye un instrumento
de política gubernamental que ya no se adapta a las nuevas condiciones económicas y
sociales del país.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a estudios realizados, el país presenta actualmente condiciones favorables para el desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa (MIPYME) las que han venido creciendo y constituyéndose en efectiva
respuesta a los desempleos, al incremento de los índices de pobreza y una oportunidad
para demostrar la capacidad de emprendimiento y de creatividad que tiene el
hondureño.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con los resultados de los estudios de
investigación efectuados recientemente, existe en el país una limitada oferta de
servicios de desarrollo empresarial, en términos de calidad, cantidad y pertinencia.
También existe un limitado sistema de información sobre la actividad de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME), circunstancia que afecta el apropiado
desarrollo de programas y que dificulta la evaluación completa de su impacto en la
economía del país.
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CONSIDERANDO: Que es de interés nacional asegurar la implementación de políticas,
programas y proyectos de financiamiento, apoyo tecnológico, capacitación y de gestión
de mercados, para el sector de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME),
rurales y urbanas, en las condiciones apropiadas a las capacidades y requerimientos de desarrollo equitativo del referido sector, las que están incorporadas en la Política para
Apoyo a la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME).
POR TANTO,
DECRETA:
La siguiente:
LEY PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA
MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
CAPÍTULO I
FINALIDAD, OBJETIVOS Y DEFINICIONES
ARTÍCULO 1. FINALIDAD: Esta Ley tiene por finalidad fomentar el desarrollo de la
competitividad y productividad de la micro, pequeña y mediana empresa urbanas y
rurales, a objeto de promover el empleo y el bienestar social y económico de todos los
participantes en dichas unidades económicas.
Al efecto el Estado brindará su apoyo a este sector, en los campos administrativos, ...
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