Demanda laboral

Páginas: 10 (2492 palabras) Publicado: 3 de enero de 2011
BARRENECHEA GARCÍA ESPERANZA

-VS-
EUROPRESS, S.A DE C.V

DEMANDA INICIAL

H. JUNTA ESPECIAL EN TURNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

CÉSAR ALEJANDRO RAMÍREZ PIÑÓN, en mi carácter de apoderado de ESPERANZA BARRENECHEA GARCÍA, personalidad que acredito con lacarta poder que se acompaña a éste escrito; señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en Dr. Juan Navarro Número 60 Modulo 8 interior 403, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal; ante esta Junta con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a demandar a EUROPRESS, S.A. DE C.V.,ARTHUR WALTER HONEGGER WIRTH y/o quien finalmente resulte ser patrón o responsable de la fuente de trabajo, que se dedica a la prestación de servicios de importación y distribución de artículos de industria hotelera, mismas que pueden ser notificadas y emplazadas en: Calle Cereales número 189, Colonia Granjas Esmeralda, C.P. 09810, México D.F.

Se le demanda las siguientes prestaciones:

P R ES T A C I O N E S

A).- El pago de la indemnización constitucional equivalente a tres meses de salario integrado por despido injustificado.

B).-El pago de salarios caídos que se generen a partir de la fecha en que fue despedido injustificadamente la actora de su empleo, hasta aquella en que se dé total cumplimiento al laudo que ésta junta emita condenando a la demandada de la acciónprincipal. En el entendido de que los mismos deben ser debidamente calculados en base al salario diario integrado de la actora, con fundamento en la tesis jurisprudencial 14/93 que a continuación se transcribe:

Octava época
Instancia: cuarta sala
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Tomo: 64, Abril de 1993.
Tesis: 4ª. /J. 14/93Página:11

SALARIOS CAIDOS, MONTO DE LOS, CUANDO LA ACCIÓN QUE SE EJERCITO FUE LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL. Esta cuarta sala reitera el criterio que ha sostenido la jurisprudencia número 1724, publicada en la página 2773 del apéndice al Semanario Judicial de la Federación de 1988, acerca de que cuando el trabajador demanda la reinstalación y el pago de salarios caídos, éstos se cubrirántomando en cuenta el aumento de salarios habidos durante el ejercicio: en cambio, si demanda la indemnización constitucional, los salarios vencidos deben cuantificarse con base en el sueldo percibido en la fecha de la rescisión, porque la ruptura de la relación laboral operó desde aquella época. Esto se explica en razón de que ambas acciones son de naturaleza distinta, ya que en la primera el actorpretende que la relación laboral debe continuar en los términos y condiciones pactados, como si nunca se hubiera interrumpido el contrato de trabajo; y, en la segunda, da por concluido ese vinculo contractual y demanda el pago de la indemnización constitucional, de forma que los salarios vencidos solicitados ya no tiene el mismo concepto de los que se generaron con motivo de la relación de trabajo quecontinúa vigente, sino que adquieren el carácter de indemnización o reparación del daño producido por la falta en que incurrió el patrón al rescindir la relación laboral, encontrando al respecto aplicación el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo en cuanto establece que para determinar el monto de la indemnización que debe pagarse a los trabajadores se tomará como base el salariocorrespondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización.

Contradicción de tesis 7/92 Sustentadas por el Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito. 1°. de marzo de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Pablo Galván Velázquez.

Tesis de jurisprudencia 14/93 Aprobada por la...
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