Derecho financiero
Según lo establecido en el artículo 1, 2 del reglamento de Supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los cuales cito,Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el ejercicio de la función de supervisión que
compete a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respectode las entidades financieras y personas
que realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero.
La función de supervisión a que se refiere elpárrafo que antecede comprende el ejercicio de las facultades
de inspección, de vigilancia y de prevención y corrección que los ordenamientos legales y demás
disposicionesaplicables le confieren a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 2.- Quedan sujetas a lo dispuesto por este Reglamento las entidades financieras y los
organismosde integración a que se refiere el artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores y demás disposiciones aplicables, así como las personas que realicenactividades previstas en las
leyes relativas al sistema financiero y que se encuentren sujetas al ámbito de competencia de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores.
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