Derecho internacional publico

Páginas: 32 (7907 palabras) Publicado: 27 de abril de 2011
LOS CONCEPTOS DE OBLIGACIÓN ERGA OMNES, IUS COGENS Y VIOLACIÓN GRAVE A LA LUZ DEL NUEVO PROYECTO DE LA CDI SOBRE RESPONSABILIDAD DE LOS ESTADOS POR HECHOS ILÍCITOS

Alicia Cebada Romero*

Sumario: I. CONSIDERACIONES GENERALES. II. LOS TRES CONCEPTOS Y LAS RELACIONES QUE SE ESTABLECEN ENTRE ELLOS. III. TÉRMINOS EN LOS QUE SE DEFINE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE UN ESTADO QUE HA COMETIDOUNA VIOLACIÓN GRAVE DE UNA OBLIGACIÓN DERIVADA DE UNA NORMA IMPERATIVA DE DERECHO INTERNACIONAL GENERAL.

I. CONSIDERACIONES GENERALES Como es sabido existe un alto grado de confusión en torno al contenido exacto que se debe dar a cada uno de estos conceptos. En primer lugar, desde distintos sectores de la doctrina se ofrecen diferentes definiciones del primero de ellos: obligación erga omnes,que se traducen en caracterizaciones necesariamente diversas de las relaciones entre tal concepto y el segundo de los que hemos mencionado en el título: ius cogens. Por otro lado, aunque en el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados, de 1969, se recoge una definición de ius cogens o derecho imperativo, lo cierto es que es una definiciónincompleta que se centra en las consecuencias derivadas del carácter imperativo de una norma en los supuestos de colisión con una norma internacional convencional. Como denuncia Schwelb, entre otros, la CV69 se limitaba a constatar la existencia de normas imperativas, pero no determinaba cuáles eran, es decir, no delimitaba el contenido del ius cogens, con lo que venía a plantear más que a resolverun problema1. Finalmente, el último de los tres
*

Profesora Ayudante Doctor. Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Universidad Carlos III de Madrid (acebada@der-pu.uc3m.es).
1

© Alicia Cebada Romero. Todos los derechos reservados. SCHWELB, Egon. Some aspects of International Ius Cogens as formulated by the International Law Commission. En: AJIL, 1967, Vol.61, p. 963 y ss.

www.reei.org

4 REVISTA ELECTRÓNICA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (2002)

conceptos mencionados: violación grave de una obligación derivada de una norma imperativa de Derecho internacional general, tal y como aparece recogido en el artículo 40 del nuevo proyecto de la CDI sobre responsabilidad internacional de los Estados por hechos ilícitos, recoge con nuevos ropajes eldesechado concepto de “crimen internacional” contestado vehementemente por determinados países y por ciertos sectores doctrinales por razones en las que más adelante profundizaremos2. No obstante, se puede avanzar en este momento de la exposición que la racionalidad en la que reposaba el concepto ahora eliminado es la misma que inspira la nueva figura recogida en el artículo 40 del proyecto 20013.Trataremos de determinar cuáles son los elementos que configuran este ilícito grave, cuáles son las consecuencias en las que se traduce la responsabilidad agravada del Estado que lo ha cometido, así como las posibles relaciones entre el concepto de violación grave y los de obligación erga omnes y ius cogens. Son muchos los autores que se han adentrado en este territorio, tratando de desentrañar elentramado de relaciones que se establecen entre los tres conceptos, proponiendo definiciones en cada caso. Nosotros también nos proponemos emprender esta aventura, tomando como hilo conductor los recientes trabajos de la CDI que han desembocado en el Proyecto 2001. II. LOS TRES CONCEPTOS Y LAS RELACIONES QUE SE ESTABLECEN ENTRE ELLOS Con un criterio literal o, si se prefiere, etimológico yprescindiendo de cualquier intento de contextualización, cualquier obligación que se asume frente a todos es una obligación erga omnes. Ahora bien, cuando se habla de obligaciones erga omnes en el marco del Derecho internacional se suele utilizar como referencia el obíter dictum del TIJ en el asunto Barcelona Traction. En este pronunciamiento el TIJ caracteriza a la obligación erga omnes mediante la...
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