Derecho romano obligaciones
Las causas involuntaria son acontecimientos al que la voluntad del deudor queda completamente extraña, y no puede serle imputado.
Caso Fortuito.
El caso fortuito (En laterminología romana casus, vis maior, factum, fatalitas, vis divina, damnum fatale) señala a en un hecho imprevisible, inevitable o independiente de la voluntad del deudor; o que habiendo sidoprevisto, no ha podido ser evitado. No procede del dolo o culpa del deudor.
Puede surgir un hecho natural o humano que no se puede prever.
Fuerza Mayor.
Acontecimiento o hecho extraño a la voluntaddel deudor que no ha sido posible prever y que aun cuando así lo fuese es imposible evitarlo y cuyos resultados son fatales, inevitables. Son desastres naturales o producidos por el hombre más o menosgenerales y graves (terremotos, volcanes, maremotos, epidemias, guerras).
La fuerza mayor es un grado máximo del caso fortuito.
Extinción de las obligaciones.
Cuando una obligación se extinguese disuelve el vinculo existente entre acreedor y deudor. Los modos extintivos de las obligaciones son los hechos a los que el derecho objetivo otorga a esa función.
El modo normal de extinguir unaobligación es el pago o el cumplimiento realizado por el deudor; esto es, la ejecución de la prestación debida. Sin embargo, existen otros hechos que, sin implicar la ejecución efectiva de laobligación, tienen el efecto de liberar al deudor.
Por otro lado, en el Derecho romano antiguo se exigió que para extinguir una deuda el deudor realizara un acto solemne para dar por cancelada la relación.Este acto, llamado actus contrarius, era similar aquel que se había llevado a cabo al contraerse la obligación, así, si la obligación había nacido por medio del cobre y la balanza (per aes et libram),así
también debía ser extinguida. La otra forma para realizar el actus contrarius fue la acceptilatio sirvió para condonar formalmente una deuda.
Con la desaparición de los negocios solemnes...
Regístrate para leer el documento completo.