Derecho
transito de la dirección general de la policía nacional que autoriza a una persona paraconducir un vehículo, de
acuerdo con esta ley, sus reglamentos y demás leyes aplicables. En consecuencia, habilita e identifica a su
titular como conductor, quien esta obligado a portar la licenciade conducir siempre que conduzca un vehículo y
exhibirla a la autoridad cuando le sea requerida.
La emisión, renovación, suspensión, cancelación y reposición de la licencia, los requisitos acumplir, tipos,
medios, materiales y procedimientos los fijara el reglamento respectivo.
Para conducir un vehículo por la vía publica, es necesario que el conductor
reúna los requisitos siguientes:a) Estar habilitado mediante licencia de conducir, extendida por la autoridad correspondiente;
b) Encontrarse en el pleno goce de sus capacidades civiles, mentales y volitivas; y
c) Conducir elvehículo en la vía publica por el lugar, en la oportunidad, modo, forma y dentro de las
velocidades establecidas conforme esta ley, sus reglamentos y demás leyes aplicables.
Articulo 19. Tarjeta yplacas de circulación. Todo vehículo que transite por la vía publica se identificara
con la tarjeta y placa de circulación emitidas por el Ministerio de Finanzas Publicas, pero el ministerio degobernación esta facultado para disponer los diseños, definir los sistemas de emisión y vigilar el uso de las
mismas, en resguardo del interés general y la seguridad nacional, para tal efecto, elministerio de Finanzas
Publicas acatara tales disposiciones.
Vía Publica
Vía publica. La vía publica se utilizara única y exclusivamente para e transito y circulación de personas y
vehículos, cuyosderechos se ejercerán conforme las disposiciones de esta ley y sus reglamentos. Esta
terminantemente prohibido lo siguiente:
a) Obstaculizar, cerrar o limitar, transitoria o permanentemente la...
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