Derecho
En uso de la palabra el juez acuerda:
Vista lacomparecencia del inculpado RUFINO RAÚL SANTOS PÉREZ, quien fue presentado por el fiador Sergio Jorge Cruz Ruiz, en cumplimiento a lo ordenado en auto de dieciocho de enero de dos mil seis, procédase a recibir la declaración preparatoria de éste, y dése al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, la intervención que legalmente le compete; hágase del conocimiento del director de laPenitenciaría Central del Estado, sita en Santa María Ixcotel, Centro, Oaxaca, que a las doce horas con treinta minutos de hoy (31 de enero de 2006), se tiene a dicho inculpado sujeto al plazo constitucional de setenta y dos horas, previsto por el artículo 19 de la Constitución Federal, a fin de que se le reciba su declaración preparatoria, y se resuelva dentro del plazo indicado su situaciónjurídica; en el entendido de que éste se encuentra en libertad provisional bajo caución.
Enseguida, se informa al inculpado las garantías que le otorga el artículo 20, aparatado “A” de la Constitución Federal, como son:
a) No podrá ser obligado a declarar. Está prohibida y se sanciona por la Ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida ante cualquier autoridaddistinta del Ministerio Público o del Juez, o ante éstos sin la asistencia de su defensor carecerá de todo valor probatorio;
b) Se le hará saber en audiencia pública y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación a la justicia, el nombre de su acusador y la naturaleza y causa de la acusación, a fin de que conozca bien el hecho punible que se le atribuye y puedacontestar el cargo, rindiendo en ese acto su declaración preparatoria;
c) Cuando lo solicite, será careado en presencia del juez con quienes depongan en su contra, con las excepciones que la propia ley fundamental establece;
d) Se le recibirán los testigos y demás pruebas que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener lacomparecencia de las personas cuyo testimonio solicite, siempre que se encuentren en el lugar del proceso;
e) Será juzgado en audiencia pública por un juez.
f) Le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso;
g) Será juzgado antes de cuatro meses si se tratara de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año sila pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa;
h) Desde el inicio de su proceso será informado de los derechos que en su favor consigna la Constitución Federal y tendrá derecho a una defensa adecuada, por sí, por abogado, o por persona de su confianza. Si no quiere o no puede nombrar defensor, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le...
Regístrate para leer el documento completo.