Derechos politicos
MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA*
CARLOS BÁEZ SILVA**
DAVID CIENFUEGOS SALGADO**
SUMARIO: 1. Los derechos políticos de los ciudadanos mexicanos; 2. Causas
constitucionales de la suspensión de las prerrogativas de los ciudadanos
mexicanos objeto de estudio; 3. Antecedentes de las diferentes fracciones
del artículo 38 constitucional; 4. Los precedentes de los órganos
jurisdiccionales de la Federación en materia penal; 5. Los casos resueltos
por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; 6.
Jurisprudencia comparada; 7. Reflexiones acerca de una nueva
interpretación constitucional; 8. Conclusiones.
1.Los derechos políticos de los ciudadanos mexicanos
La relevancia de los derechos políticos se advierte a partir de fines del siglo XVIII,
coincidente con el cambio de paradigma sobre la organización del poder político y la
aparición de una nueva idea de representación que revitalizará la idea de la democracia
en Occidente. El cambio de estatus, de súbdito a ciudadano, se acompaña con el
reconocimiento de una serie de prerrogativas que irán adquiriendo la característica de
universalidad en los siglos siguientes. El derecho de sufragio se extenderá y alcanzará los
perfiles que conocemos en la actualidad hasta bien entrado el siglo XX, lo cual se evidencia
en México con el reconocimiento del voto femenino en la década de los cincuenta.
Las cartas constitucionales del siglo XIX dan cuenta del cambio que habrán de
experimentar los derechos de naturaleza política. Si bien el disfrute de tales derechos o
prerrogativas ha sido limitado en tales textos o, en su caso, reservadas al cumplimiento de
determinados requisitos, las limitaciones han terminado por ser muy pocas. En el caso mexicano, el ejercicio de los derechos políticos corresponde a los ciudadanos mexicanos,
es decir, quienes tienen la calidad de nacionales mexicanos, que sean mayores de
dieciocho años y tengan un modo honesto de vivir.1 Los supuestos son diversos, pues la
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Magistrado de la Sala Superior delTribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel III.
** Secretarios de Estudio y Cuenta en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Miembros del Sistema
Nacional de Investigadores, nivel I.
*
1
Sobre el particular véase la tesis de jurisprudencia S3ELJ 18/2001, de rubro MODO HONESTO DEVIVIR
COMO REQUISITO PARA SER CIUDADANO MEXICANO. CONCEPTO. Consultable en: Compilación
Oficial de Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2005, páginas 187-188. La tesis menciona que el concepto
1
calidad de mexicano no sólo se tiene por nacer en el país, de padres mexicanos, sino en
diversas hipótesis contempladas expresamente en el texto constitucional. La Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos establece actualmente las prerrogativas o
derechos y obligaciones del ciudadano en el artículo 35, aunque es posible relacionarlos
con derechos consagrados en otros artículos constitucionales.
El artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
prescribe lo siguiente:
Son prerrogativas del ciudadano: I. Votar en las elecciones populares;
II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para
cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;
III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los
asuntos políticos del país;
IV. Tomar las armas en el Ejército o ...
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