Despacho Aduanero De Pasajeros
Normas generales
Se considera al pasajero , persona que introduzca mercancía de CE a su llegada al país proveniente del Extranjero .
Lamercancía nueva o usada que integra el equipaje del pasajero en viajes internacionales ya sea residente en el país o del extranjero , del procedente de la franja o región condestino a TN (ver RCGMCE 2.7.2.)
(En términos de la RCGMCE 2.7.2) TRATANDOSE DE BEBIDAS ALCOHOLICAS ASY COMO DE VINO los pasajeros MAYORES DE EDAD podrán introcucir hasta 3litros de bebidas alcoholicas y 6 litros de vino por PASAJERO.
La franquicia a la que tiene derecho el pasajero o almedio de transporte mediante el cual arribe a TN.
Lospasajeros internacionales residentes en el país o en el extrajero (franja o región) con destino a TN incluyendo MENORES DE EDAD (excepto de franja o región) podrán introducirSIN PAGAR IMPUESTOS la mcia de su equipaje y la que su valor NO EXCEDA EL VALOR DE LA FRANQUICIA A LA QUE TIENE DERECHO.
Las mascotas, accesorios que requieran para aseo delpasajero, podrán introducirse a TN siempre que no sean mas de DOS y que el interesao presente el certificado zoosanitario que expedira la SAGARPA atravez de la OISA que seencuentran el todas las aduanas.
Los capitanes, pilotos, conductores y tripulantes solo podrán introducir del extranjero o extraer de TN LIBRES DE PAGO DE IMPUESTOS AL CE losbienes usados que señala (RCGMCE 2.9.12.)
Los pasajeros en viajes internacionales podrán realizar la impo. Sin AA. o AP. A. siempre que la mercancia no exceda lo señalado enla RCGMCE 2.7.3. y cuenten con factura, comprobante de venta o cualquier doc. que exprese el valor comercial de la misma. EXCEPTO mcias. PROHIBIDAS o DE DIFICIL IDENTIFICACION.
Regístrate para leer el documento completo.