deudores morosos
Acreedor: Bustamante.
Deudor principal: Luis Hernández.
Fiadora: Lucia Caoba Pérez.
a) En primer lugar, se debe efectuar una adecuada individualización de las distintas especies deincumplimientos.
b) Luego, como segundo paso, se debe indagar con qué medios jurídicos de protección cuenta el acreedor frente al incumplimiento de su deudor.
c) En tercer término, cotejando laaptitud y eficacia de cada uno de los distintos medios de protección del crédito, se podrá discriminar qué protección corresponde otorgar, según el incumplimiento de que se trate, para satisfacer elinterés del acreedor.
d) En el marco de las premisas que anteceden, teniendo en cuenta las discriminaciones efectuadas, es factible demostrar que, siquiera en unas cuantas hipótesis concretas, cuandoocurre un incumplimiento absoluto e imputable de una obligación de dar una cosa cierta, el interés del acreedor habrá de ser satisfecho mediante el cumplimiento por equivalente, con prescindencia de laobligación de indemnizar y aun cuando al acreedor no le sea posible probar daño alguno.
Lo que se quiere demostrar, en definitiva, es que en este caso la ecuación no es incumplimiento - indemnización,sino incumplimiento - cumplimiento por equivalente.
Tal la conclusión a la que se llega a partir de las reglas del derecho de daños, pues para que esta “nueva” obligación sea exigible, se deberáverificar que hubo antijuridicidad, daño, relación y causalidad y factor de atribución.
ANTECEDENTES.
I. Jurisdicción voluntaria, estableciendo deuda.
II. Deudor da “contestación” a jurisdicciónvoluntaria confesando:
a) Confiesa contrato así como deuda principal.
b) Afirma que ya NO ocupa el inmueble.
C.Com:
4: las personas que accidentalmente con o sin establecimiento fijo realicenalguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes quedan sujetos a las leyes mercantiles.
75: la ley reputa actos de comercio: 1) todas la adquisiciones, enajenaciones y alquileres...
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