Diablo De Los Numeros
1. CRITERIOS DE APLICACIÓN
El ámbito de aplicación se circunscribe a todas las operaciones y actividades laborales susceptibles dedar lugar a la existencia de trabajadores expuestos a plomo metálico o a sus compuestos iónicos, de acuerdo con la Orden de 9 de abril de 1986 por la quese aprueba el Reglamento parla prevención de riesgos y protección de la salud delos trabajadores por la presencia de plomo metálico y suscompuestosiónicos en el ambiente de trabajo (2).Se excluye del ámbito de aplicación, la exposición a compuestos co-valentes de plomo tales como los derivados alquílicosde este metal. Seexceptúan de la aplicación de este protocolo: la navegación marítima yla navegaciónaérea, así como las actividades extractivas demineralescon contenido de plomo.
2. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
2.1. Definiciones y conceptos
TRABAJADOR EXPUESTO
Se considera expuesto al riesgo de plomo atodo trabajador que du-rante más de 30 días al año ejerce su actividad laboral en un ambientecon una concentración ambiental de plomo (Pb) superior oigual a 40µg/m3 de aire, referido a 8 horas diarias y 40 semanales; en relación al ni-vel de plumbemia, aquél que presenta un valor de plomo en sangre(Pb-B)mayor o igual a 40 µg/100 ml de sangre en el caso de los hombres y 30µg/100 ml de sangre en el caso de las mujeres en periodo fértil.
NIVEL DE ACCIÓNDEL PLOMO
Son los niveles de plomo en sangre o de plomo en aire a partir dlos cuales debe adoptarse una vigilancia biológica de los trabajadores
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