El Derecho De Reclamar
ARRENDAMIENTOS VIVIENDA
PARA LA
DE LOS
Y
DE
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No 6.053 extraordinario. Caracas, 12 de noviembre de 2011
La asambLea NacioNaLde La RepúbLica
boLivaRiaNa de veNezueLa
decreta
la siguiente,
LeY paRa La ReGuLaRizaciÓN
Y coNTRoL de Los aRReNdamieNTos
de vivieNda
TÍTuLo i
disposicioNesFuNdameNTaLes
capítulo i
de los principios fundamentales
Objeto
artículo 1. La presente Ley, tiene por objeto establecer el régimen
jurídico especial de arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados total
o parcialmente; en el marco de la novedosa legislación y Política Nacional de Vivienda y Hábitat, como un sistema integrado dirigido aenfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como
consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente; con el
fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho
humano y la garantía plena de este derecho a toda la población; contrarrestando la mercantilización y la especulación económica con la
vivienda, que la convierte en un medio de explotación yopresión del
ser humano por el ser humano; y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social,
de derecho y de justicia, cumpliendo el mandato de refundación de la
República, establecido en la Carta Magna.
Carácter estratégico y de interés público
artículo 2. La presente Ley es de carácter estratégico, en el marco
de la garantía integraly efectiva del derecho a la vivienda adecuada
y un hábitat digno, y se declara de interés público general, social
y colectivo toda materia relacionada con los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, pensión, habitación o residencia; a
tal efecto, el Ejecutivo Nacional tomará en esta materia las medidas
que permitan desarrollar las bases y mecanismos que garanticen
a todas lasfamilias, ciudadanos y ciudadanas, el goce del derecho
humano a una vivienda y hábitat en condiciones dignas que humanice las relaciones familiares, vecinales, comunitarias y sociales de
acuerdo a la Constitución de la República y la ley.
Principios
artículo 3. Las relaciones sociales, las normas, las políticas públicas
y los contratos en materia de arrendamiento de vivienda, se rigen
conforme alos principios de justicia social, igualdad, equidad, solidaridad, corresponsabilidad, diversidad cultural, progresividad, transparencia, responsabilidad social, sostenibilidad, participación, cogestión y control social, defensa y protección ambiental, protección de la
salud, garantía de los derechos del hogar, la familia, la maternidad,
la paternidad de los niños, niñas, adolescentes y de todapersona en
situación de vulnerabilidad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral, la consolidación y protección de la familia, así como el
bienestar comunitario y social en la búsqueda del buen vivir.
Promoción y estímulo del arrendamiento
socialmente responsable
artículo 4. El Estado promoverá y protegerá el arrendamiento responsable de viviendas, pensiones, residencias ohabitaciones, en el
marco de la garantía integral del derecho a la vivienda y el hábitat,
concebido como:
1. Una vivienda transitoria hacia la vivienda digna definitiva de
las familias y las personas, que se ve satisfecha con el acceso de
todos y todas a la propiedad de una vivienda digna y adecuada,
conforme al mandato constitucional, los derechos humanos y las
leyes nacionales.
2. Unarespuesta a las necesidades de estadía transitoria para las
familias y personas, por razones de estudio, trabajo u otras, propias de la movilidad social.
3. Un medio para el uso responsable de la propiedad de viviendas,
en tanto constituye una forma de poner la vivienda al servicio de
la sociedad, cuando no se tiene disposición inmediata de ocupar
o vender un bien de supremo interés social;...
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