Energia electrica
CAPITULO I DisposicionesGenerales ARTICULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento por medio del cual el Distribuidor de energía eléctrica recibirá, tramitará, resolverá y dará a conocer el resultado a los usuarios que interpongan ante ellos reclamos o quejas en torno al servicio que presten, garantizando a los usuarios del servicio de electricidad protección efectiva de sus intereseseconómicos y calidad del servicio recibido, brindándoles mecanismos procesales que permitan un trámite expedito para la solución de sus reclamos. ARTICULO 2. Principios. Los procedimientos de atención y solución de reclamos de usuarios se rigen por los principios de celeridad, simplicidad, eficacia, transparencia, no discriminación, responsabilidad y equidad. A nivel de Distribuidores de energíaeléctrica, adicionalmente, se aplica el principio de gratuidad, salvo costo real de pruebas técnicas. ARTICULO 3. Garantías. Las normas para los procedimientos internos de atención de reclamos de usuarios, corresponden al desarrollo de una política de información a los mismos y de garantía al derecho de petición consagrada en la Constitución Política de la República de Guatemala. ARTICULO 4. Libro.El Distribuidor de energía eléctrica debe poner a disposición de los usuarios en cada centro de atención comercial un libro de quejas, donde el usuario pueda asentar su reclamo con respecto al servicio, cuando no reciba las prestaciones o no sea atendido conforme se establece en las Normas Técnicas del Servicio de Distribución (NTSD). El libro relacionado en el párrafo anterior, será entregadopor la Comisión de Energía Eléctrica al Distribuidor, debidamente autorizado. Además, el Distribuidor queda obligado a hacer del conocimiento de sus usuarios la dirección y el número de teléfono para la recepción de reclamos por fallas en el servicio de energía eléctrica y por cualquier otra reclamación como consecuencia de dicho servicio.
CAPITULO II
Definiciones ARTICULO 5. Definiciones.Para los efectos de este Reglamento, se establecen las definiciones siguientes: a. Comisión: Es la Comisión Nacional de Energía Eléctrica. b. Distribuidor: Es la persona, individual o jurídica, titular o poseedora de instalaciones destinadas a distribuir comercialmente energía eléctrica. c. Ley: Es la Ley General de Electricidad. d. Libro: Documento en donde se asienta el reclamo, establecido en...
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