Factores Salariales

Páginas: 10 (2440 palabras) Publicado: 26 de noviembre de 2012
Señores 
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DEL RISARALDA
E. S. D.

Ref. : Petición de revocación directa de la RESOLUCION No. 1530 del 6 de Noviembre de 2012,

“Por medio del cual se resuelve una petición, expedida por la Secretaria Administrativa del Departamento de Risaralda, en el sentido de negar la solicitud de INDEMNIZACION DE SUSTITUTIVA DE LA PENSION VEJEZ de la señoraCONSUELO RESTREPO ORTIZ”

SERGIO HORACIO GUTIERREZ OLAYA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12.191.298 expedida en Garzón (H.) , con domicilio en Neiva - Huila, abogado en ejercicio con T. P. No. 101.942 del Consejo Superior de la Judicatura, reconocido con poder especial y suficiente conferido a mi nombre por la solicitante, según lo dispone el artículo 69 y ss. del C.C.A., con base enlas consideraciones de hecho y de derecho que se relacionan a continuación presento a usted, para que acceda a atender, las siguientes peticiones:

CUESTION PREVIA

Actúo a nombre de la señora CONSUELO RESTREPO ORTIZ persona mayor y de esa vecindad, como es evidente que la argumentación y decisión contenida en la Resolución 1530 del 6 de Noviembre de 2012 mediante la cual se niega laINDEMNIZACION SUSTITUTIVA DE LA PENSION VEJEZ , es manifiestamente arbitraria, pretendo que pierda su valor: a) por ser manifiesta su oposición a la Constitución y a la ley, por violación del principio del a condición más beneficiosa y de la inescindibilidad normativa ; b) por no estar conforme con el orden normativo vigente, con las decisiones de la Altas Cortes en sus fallos jurisprudenciales y deTutela; c) por causar un agravio injustificado a mi poderdante, que tiene un derecho adquirido ya reconocido por ese ente departamental a otras personas por los mismos hechos.

Surtido el trámite de rigor se revoque el acto administrativo Resolución No. 1530 del 6 de Noviembre de 2012, por ser ostensiblemente contraria a la Constitución, la Ley, la Jurisprudencia y los Principios Generales delDerecho.

En la actuación administrativa se debe preservar el debido proceso administrativo a todas luces violado por el Departamento de Risaralda a través de la Secretaría Administrativa, al dar mayor prelación a un concepto externo de un profesional del derecho y no a la normatividad vigente para el caso en concreto.

I. PETICIONES

Comprobada la definitiva calidad de la propuesta de mipoderdante, paso a efectuar las siguientes peticiones:

1ª. Que se revoque directamente, en todas sus partes, la Resolución No. 1530, con fecha seis (6), de noviembre de dos mil doce (2012) “por medio del cual se resuelve una petición”, en favor de mi poderdante porque las condiciones de hecho y de derecho existentes justifican la decisión de revocar directamente el acto denunciado;

2ª. Que, cumplidolo anterior, y sin más trámites, se reconozca y pague la indemnización sustitutiva de la Pensión Vejez a favor de mi mandante, señora CONSUELO RESTREPO ORTIZ.

II. HECHOS Y OMISIONES

1.- El día 18 de octubre de 2012 mediante escrito radicado en el Departamento de Risaralda, solicite el pago y reconocimiento de la Indemnización Sustitutiva de la Pensión Vejez por considerar cumplidos losrequisitos exigidos en la Ley.

2.- A la petición se le adjunto las pruebas idóneas y requeridas en la Ley 100 de 1993 y los requisitos para acceder a esta prestación económica pensional.

3.- Mediante Resolución 1530 del 6 de Noviembre de 2012, la SECRETRIA ADMINSITRATIVA del Departamento de Risaralda, niega la petición argumentando entre otras cosas: “Que la ley 100 establece claramente suvigencia a partir del 1 de abril de 1994, consagrando que con las cotizaciones previstas en la ley 100 de 1993, se pagarán las prestaciones consagradas en la misma, de lo que se concluye que la ley no es retroactiva y no hay lugar a reconocimiento de la Indemnización Sustitutiva de la Pensión Vejez por el Departamento de Risaralda, toda vez que la señora CONSUELO RESTREPO ORTIZ laboró con el...
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